El Estado de la Unión Europea - El Parlamento Europeo ante unas elecciones trascendentales

EL DIFÍCIL CAMINO HACIA LA NECESARIA UNIÓN FEDERAL EUROPEA 61 demostrado muchas deficiencias en los campos político y económico, y se han revelado incapaces de hacer frente a crisis como la que ha golpeado a Europa la última década. La crisis puede repe- tirse, por lo que es necesario abordar reformas que en su mínima expresión se limitan a comple- tar una unión económica y fiscal que respalde la unión monetaria, y en la máxima aspiran a cons- truir una unión federal europea que complete el proceso iniciado en Roma en 1957 y que alcanzó su madurez política en Maastricht en 1992. Somos partidarios de esta última línea de ac- ción. Creemos que la UE se ha quedado a medio camino entre una confederación de Estados y una federación de Estados y ciudadanos y que esta indefinición está provocando disfunciones e ineficacia, además de mostrarse poco transpa- rente y alejada de los ciudadanos. Las reticen- cias o miedos de muchos hacia una mayor inte- gración, que podría llegar a ser irreversible, han impedido hasta ahora culminar el proceso. Nosotros pensamos que es imprescindible com- pletar el camino emprendido, refundando la UE sobre bases federales, aun siendo conscientes de la ambición y el grado de dificultad que este empeño conlleva, si queremos que la UE cumpla con su principal objetivo, que es mejorar la vida de los europeos. Para ello, será necesario refor- mar el marco institucional de la Unión, siguien- do los principios de máxima participación y de claridad en cuanto a los objetivos (más demo- cracia, más integración política, más eficacia, más equidad) y en cuanto al reparto de compe- tencias entre las instituciones. Una arquitectura institucional para una Europa federal La UE tiene una arquitectura institucional compleja, en la que conviven instituciones que funcionan con un método intergubernamental –por unanimidad o por mayoría según los ca- sos–, donde están representados los Estados que forman la Unión, y otras de carácter comu- nitario en las que se sitúan los representantes elegidos directa o indirectamente por los ciuda- danos y que –al menos teóricamente– son inde- pendientes de los Estados nacionales. Esta es- tructura prefigura ya un marco federal, en el que doctrinalmente existe una doble legitimidad: la de los Estados que forman la federación y la de los ciudadanos individuales como tales. Pero en el caso de la UE, la separación entre ambas fuen- tes de poder no se ha llegado aún a completar, sigue siendo algo confusa, y el funcionamiento del conjunto se resiente de ciertas imprecisiones legales o insuficiencias, que hacen que algunas instituciones no lleguen a cumplir las funciones que teóricamente les corresponderían, mientras otras se exceden en sus cometidos. En una entidad federal, el equilibrio entre la representación de las entidades territoriales y la de los ciudadanos es esencial para que el con- junto funcione. En la UE esas funciones corres- ponden respectivamente al Consejo de la UE o Consejo, que actúa como una cámara territorial –al modo del Senado de Estados Unidos–, y al Parlamento Europeo, que actúa como una cá- mara baja común en representación directa de los ciudadanos. La equiparación de competen- cias y poderes entre ambas, aunque pueda ha- ber casos particulares, es fundamental para que la delicada estructura federal no naufrague. El Parlamento tiene además el control del poder ejecutivo, que es la Comisión Europea. El poder judicial reside en el Tribunal de Justicia de la UE. Y coronándolo todo, está la institución de ma- yor nivel, el Consejo Europeo, que debe actuar como un Jefe de Estado colectivo sin responsa- bilidades directas en la gestión de los asuntos ordinarios, ni en la legislación.

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