El Estado de la Unión Europea - El Parlamento Europeo ante unas elecciones trascendentales
EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA 82 vigor de esta función (si bien estaría sujeta a la reducción del riesgo de las entidades financie- ras). Por otro lado, en Meseberg se consideró que los mecanismos precautorios debían forta- lecerse. Estos mecanismos permiten acceder a financiación a países que cumplan ex ante algu- nos criterios, sin necesidad de perder el tiempo en procesos de negociación tras la petición de un rescate, que generalmente se produce en un momento de crisis económica. Estos países incluso fueron más lejos, propo- niendo la creación de un presupuesto único en el área euro con nuevas funciones. Este pro- puesto, que podría financiarse mediante medi- das como el impuesto de transacciones finan- cieras, suponía un impulso a la unión fiscal. Según la declaración de Meseberg, este presu- puesto jugaría un papel estabilizador y también favorecería la competitividad y la convergencia de los países. Para ello, se invertiría en áreas como capital humano o investigación. Sin em- bargo, la magnitud de este –un elemento vital– no se fijaba. Adicionalmente, en línea con la creación de una capacidad fiscal para estabilizar el área euro, se pedía avanzar hacia la creación de un presupuesto para las ayudas a los parados. Sin embargo, se pedía que este instrumento no im- plicase transferencias entre países. La efectivi- dad del mecanismo, por tanto, dependería del diseño final del instrumento. En cualquier caso, si bien muchos elementos de la declaración de Meseberg eran relativa- mente vagos, su amplitud era prometedora. Suponía una apuesta por una amplia reforma del área euro. Sin embargo, la toma de decisio- nes en lo que restaba de año seguiría siendo difícil. Cumbre del Euro de junio En la propia Cumbre del Euro de junio las mejo- ras eran limitadas. Si bien el lenguaje de las con- clusiones en lo referido a la profundización de la unión bancaria era marginalmente más ambi- cioso, simplemente se pedía el comienzo de los trabajos para iniciar negociaciones políticas para el Sistema Europeo de Garantía de Depósitos (EDIS). Quizás el aspecto más prometedor en dicha cumbre tenía que ver con la posibilidad de que se hiciese efectiva la función del MEDE como backstop de los procedimientos de resolución, con la posibilidad de adelantar los plazos para la entrada en vigor del fondo de resolución. Así, tras la ampliación del campo de juego que pa- recía producirse tras Meseberg, la Cumbre del Euro suponía la vuelta a los objetivos concretos que no generaban una oposición particular- mente elevada. Cumbre del Euro de diciembre En este contexto, ante las continuadas negocia- ciones, el contexto para la Cumbre del Euro de diciembre era de una incertidumbre elevada. En dicha cumbre se dio un paso en algunos de los aspectos mencionados. En particular, los jefes de Estado acordaron la incorporación del Fondo Único de Resolución. En principio, la implemen- tación de este acuerdo debería facilitar que los bancos puedan recapitalizarse directamente en el MEDE. Sin embargo, algunos detalles no se han aclarado sobre este acuerdo. Por ejemplo, el acceso a los fondos podría estar sujeto al cumplimiento de normas fiscales de los países. Adicionalmente, se mantiene el requisito de que las entidades hayan reducido su riesgo para que el Fondo Único de Resolución bancaria
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