EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA. Europa en un periodo de transición
MEJORAR LOS FUNDAMENTOS DEMOCRÁTICOS DE LA UNIÓN EUROPEA: ACERCAR LA UNIÓN EUROPEA A SUS CIUDADANOS 19 nueve temas en el mandato, las instituciones difieren so- bre el alcance y la ambición de las propuestas que puede hacer, y la ambigüedad de la declaración no ayuda. El Parlamento abiertamente busca preparar una reforma de los tratados (Parlamento Europeo, 2020: 1), la Comisión considera que se debe centrar en definir el rumbo de sus políticas, pero no excluye que se pueda llegar a plantear una reforma del Tratado (Von der Leyen, 2019: 21; Comi- sión Europea, 2020: 7). El Consejo, por su parte, se opone, dejando claro que este ejercicio no tiene relación con el artículo 48 del TUE (Consejo de la Unión Europea, 2020: 7). No cabe duda de que el limitado eco que está teniendo por el momento la conferencia, y que esperamos que se revierta, es consecuencia de las limitadas expectativas que se tienen respecto a su éxito y a que se implementen sus recomendaciones. La razón de todo esto reside en el escepticismo del Consejo: si los Estados no quieren avances, no los habrá, sumado al vacío en el liderazgo que causan las elecciones alemanas de septiembre de 2021 y las francesas de abril de 2022. Esperemos que esta tendencia se pueda revertir y que la conferencia tenga un verdadero efecto en ampliar las voces que fijan la dirección política de la UE, democratizándola. Propuestas para reforzar los procesos democráticos de la UE “Cómo reforzar los procesos democráticos que rigen la Unión Europea” es uno de los nueve temas que la declaración interinstitucional identifica como objeto de trabajo de la conferencia (Parlamento Europeo, Consejo y Comisión Europea, 2021: 4). Consideraremos, en esta parte del capítulo, algunas propuestas con la finalidad de mejorar distintos aspectos en las dimensiones planteadas por Dahl y que pensamos que son los puntos más débiles del modelo político europeo. Esos objetivos, a nuestro juicio, serían: que la ciudadanía conozca y comprenda el funcionamiento político europeo; la participación efectiva e igualitaria en el voto; el control de la agenda política y legislativa, y la rendición de cuentas. La mayor parte de ellas ni siquiera requieren de una revisión de los tratados y se plantean en la lógica del proceso político que es la UE, cuyas credenciales democráticas van adaptándose y mejorándose desde 1979. Mejorar la democracia representativa reforzando las competencias legislativas y de control del Parlamento Europeo El artículo 10 del TUE, como hemos visto, plantea el fundamento democrático de la UE en la definición de políticas, toma de decisiones y aprobación legislativa por las instituciones que representan directamente a los ciu- dadanos (Parlamento Europeo) y a los Estados miembros (Consejo Europeo/Consejo). Sin embargo, al regular las diferentes bases jurídicas, el Tratado no resulta comple- tamente consecuente con esta afirmación.Así, la fijación de la orientación estratégica de la UE está solo en ma- nos del Consejo Europeo según el artículo 15.1. Bien es cierto que el Parlamento Europeo ha encontrado, por la vía de su imprescindible aprobación del presidente de la Comisión y de la investidura de este, el camino indirecto para influir en la dirección política de la UE, lo que ha perfeccionado, además, a través de la firma de acuerdos interinstitucionales. Sin embargo, para que el ciudadano tenga un conocimiento cierto y cabal del funcionamiento europeo debería reformarse el Tratado para asignar al Consejo Europeo y al Parlamento en pie de igualdad, junto con el presidente de la Comisión, la función de fijar las orientaciones estratégicas de la UE. En lo que se refiere a los procedimientos legislativos aún quedan en los tratados cerca de una treintena de ba- ses jurídicas sometidas a procedimientos especiales que requieren solo la aprobación del Consejo, pero no del Parlamento (Kostanidis, 2020: 56-61). El desarrollo lógico del modelo democrático requiere que se incluya al Par- lamento en pie de igualdad en todo proceso legislativo, por lo que es preciso modificar el Tratado en este sentido. La adopción de decisiones políticas, especialmente en el ámbito intergubernamental, suma en una cincuen-
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