EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA. Ante una nueva legislatura europea
EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA 100 procedimentales debidas, además de poner en riesgo el respeto del principio de no devolución. Rechazar la emisión automática de una decisión de retorno junto a la denegación de la solicitud de asilo y garantizar el efecto suspensivo automático de los recursos en todos los supuestos. − Garantizar un tratamiento individualizado y con ple- nas garantías de las solicitudes de asilo, así como la asistencia jurídica gratuita en todas las fases de los procedimientos administrativos y judiciales sin excepción. Implementar un mecanismo de identifica- ción precoz y derivación de las personas en situación de vulnerabilidad para reforzar las garantías de pro- tección de personas víctimas de trata, personas con necesidades específicas o niños y niñas sin referentes familiares. − Rechazar las derogaciones amplias del acervo de asilo de la UE y eliminar la ampliación del plazo de registro de solicitudes de asilo y la obligatoriedad del procedimiento de asilo en frontera en situaciones de crisis. Garantizar que la base de la respuesta ante situaciones de crisis sea el acceso al procedimiento de protección internacional con todas las garantías y la solidaridad obligatoria y compartida. − Defender la Directiva de Protección Temporal fren- te al riesgo de su derogación y sustitución por la “protección inmediata” del reglamento relativo a las situaciones de crisis, que es menos garantista, así como promover su aplicación para responder a situa- ciones similares a la producida como consecuencia de la invasión de Ucrania. − Garantizar que la recogida de datos biométricos nun- ca se realice de manera coercitiva y que se incluya una perspectiva de infancia, de protección y de de- rechos humanos, y promover la reunificación familiar cuando el interés superior del menor así lo determine. − Impulsar y reforzar mecanismos nacionales indepen- dientes de monitorización del respeto de los dere- chos fundamentales en toda actividad de vigilancia y control de las fronteras exteriores. Dichos meca- nismos deben dotarse de garantías para asegurar su independencia, implicando en su funcionamiento a instituciones nacionales de derechos humanos, a la Agencia Europea de los Derechos Fundamentales (FRA) y a organizaciones de la sociedad civil; y tener un mandato para investigar cualquier vulneración de derechos fundamentales en las fronteras, así como capacidad para imponer sanciones. − Impulsar la aprobación de un mecanismo ambicio- so de reasentamiento con cuotas obligatorias para todos los Estados miembros. Asumir un mayor com- promiso en relación con la adopción de vías legales y seguras: promover la posibilidad de solicitar asilo en embajadas y consulados en exterior, la expedición de visados humanitarios, flexibilizar los requisitos para la reagrupación familiar, así como facilitar el acceso a programas de movilidad laboral o formativa en la Unión Europea. − Rechazar el concepto de “instrumentalización” y la normalización de excepciones a las normas de asilo, previstas en el Reglamento de Instrumentalización y en la modificación del Código de Fronteras Schengen; y en su lugar, promover una mayor armonización de las normas del Sistema Europeo Común de Asilo. Abreviaturas − ALE: grupo parlamentario Alianza Verde Europa. − ECR: grupo parlamentario de los Conservadores y Reformistas Europeos. − ECRE: European Council on Refugees and Exiles. − EUAA: European Union Asylum Agency SECA (Siste- ma Europeo Común de Asilo). − FRA: European Union Agency for Fundamental Rights (Agencia Europea de los Derechos Fundamentales). FRONTEX:Agencia Europea de Guardas de Fronteras y Costas. − LIBE: Comité parlamentario de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos Internos. − ONG: organización no gubernamental. − UE: Unión Europea.
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