EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA. Ante una nueva legislatura europea

EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA 118 carbonización. Es el caso de EE. UU, que ha apostado principalmente por el uso de incentivos y subvenciones directas para alcanzar dichas metas. Con el RCDE se busca, en primer lugar, que las indus- trias apuesten por tecnologías verdes que contribuyan a la transición ecológica. Por otro lado, el RCDE es una manifestación más del principio de “quien contamina paga”, previsto en el artículo 191 del Tratado de Fun- cionamiento de la UE, al hacer pagar a las empresas un coste adicional por cada unidad extra de CO 2 que emitan. En efecto, el RCDE pone un precio al carbono en el marco de un mercado de emisiones de dimensión euro- pea. Se trata de un modo de fijación de precios variable, ya que el importe de estos depende de la oferta y la demanda que exista de los derechos de emisión en cir- culación en un momento determinado. A este respecto, el RCDE reposa sobre un “sistema de cuotas” ( cap & trade system ), en el que el mercado de emisiones reacciona a las señales de precio emitidas desde la UE. Así, la Unión identifica primero una serie de sectores industriales intensivos en carbono (por ejemplo, centrales eléctricas o ciertas instalaciones industriales, como las refinerías de petróleo o plantas químicas y si- derúrgicas). Posteriormente, las instancias comunitarias determinan cuál es el máximo de emisiones de carbono ( cap ) que puede emitir cada sector identificado y, en función de ello, expiden unos permisos o derechos de emisión para las empresas. Esta cuota máxima de cada sector va bajando cada año, de cara a ir acercándose al cumplimiento de los objetivos climáticos establecidos por la UE. Así, las empresas afectadas tienen que comprar un permiso para cubrir cada tonelada de dióxido de carbono emitido y, si rebasan la cuota asignada, sufren una pena- lización o precio extra. Se sanciona, pues, a los emisores por contaminar más allá del umbral que la UE ha deter- minado en cada momento para su sector. Inversamente, las empresas cuyos niveles de emisión estén por debajo de tales umbrales van acumulando de- rechos de emisión a su favor, que luego pueden vender a otros participantes en el mercado europeo. Los derechos de emisión son, por tanto, intercambia- bles en dicho mercado. Las empresas que emiten más de lo permitido pueden comprar derechos adicionales en el mercado de emisiones, mientras que aquellas que emiten menos pueden vender sus excedentes. Se crea así un incen- tivo para disminuir las emisiones, ya que las empresas que innovan y reducen sus emisiones pueden vender los dere- chos no utilizados y obtener por ello ingresos económicos. Balance del funcionamiento del RCDE El RCDE ha demostrado ser durante su tiempo de fun- cionamiento una manera eficiente para reducir las emi- siones de CO 2 . De hecho, las emisiones de los sectores cubiertos por este sistema han caído un 41% desde que la UE lo introdujo en 2005. En general, las emisiones de CO 2 han disminuido un 35%. En este sentido, Europa ha sido la región del mundo con el mercado de derechos de emisión más exigente y la que más ha avanzado hasta ahora en la descarbonización. Sin embargo, en un contexto como el actual, donde el agravamiento de la emergencia climática ha elevado significativamente la ambición de la UE en la materia, se hacía indispensable una revisión del RCDE. Con el régimen anterior, los nuevos objetivos de des- carbonización de la UE no serían alcanzables. De hecho, los sectores cubiertos por el RCDE tendrían que disminuir sus emisiones en un 62% para alcanzar la meta de 2030. Además, el RCDE había dejado sin cubrir determinados sectores económicos con gran capacidad de producir emisiones contaminantes, que ahora sí que van a contri- buir a las metas climáticas. Otro defecto del anterior sistema de RCDE es que ha- bía llevado a un desempeño relativamente modesto de la industria pesada, en comparación con la reducción de emi- siones lograda por el sector energético. Ello se ha debido, en buena parte, a que la primera se ha beneficiado de la proliferación de “permisos gratuitos de emisión”. Como se describirá más adelante, la supresión paulatina de estos permisos ha sido uno de los puntos clave de la reforma.

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