EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA. Ante una nueva legislatura europea

Pacto Verde Europeo y gravámenes para la descarbonización 119 La reforma del RCDE y la subida del precio del CO 2 . Un tratamiento especial para los colectivos más vulnerables En general, la reforma aprobada en abril prevé un en- durecimiento del régimen de comercio de derechos de emisión mediante una progresiva subida de los precios del CO 2 y una disminución del número de permisos emi- tidos en el mercado de emisiones. La subida de los precios de CO 2 se va a instrumenta- lizar a través de una reducción de los límites máximos de emisión (cuotas) establecidos para los distintos sectores cubiertos por el RCDE. Estas reducciones progresivas de las cuotas ya venían dándose todos los años, pero ahora, con la reforma, el ritmo de reducción de las mismas va a acelerarse considerablemente. De esta forma, las empre- sas afectadas cada vez podrán emitir menos cantidad de CO 2 sin ser penalizadas. Y es que la reforma busca que los precios del carbono se mantengan a un nivel lo suficientemente alto como para incentivar a las empresas a que contaminen menos. En este mismo sentido, unos precios del CO 2 demasiado bajos no harían posible que las empresas que apues- tan por nuevas tecnologías bajas en carbono pudieran competir con aquellas industrias más intensivas en CO 2 . En cualquier caso, la decisión que ha tomado la UE de endurecer el RCDE es políticamente arriesgada, sobre todo en un contexto como el inmediatamente posterior al estallido de la guerra de Ucrania, en el que los precios de la energía en Europa alcanzaron máximos históricos. Ac- tualmente, estos precios han bajado, aunque habrá que seguir muy atentos a su volatilidad durante un tiempo. Actualmente, los precios del CO 2 se encuentran en torno a los 100 euros por tonelada. En cualquier caso, la citada situación de altos precios obligó a la introducción de ciertas modificaciones durante las negociaciones, con el objeto de amortiguar el impacto de la reforma del RCDE sobre los colectivos más vulnerables. En primer lugar, se establecen mercados del carbono separados y menos exigentes para sectores socialmente más sensibles, como el de la edificación y el transporte por carretera. En segundo lugar, para minimizar también las consecuencias negativas sobre los colectivos más vul- nerables, se crea un nuevo Fondo Social para el Clima. El monto de este fondo ascenderá a 86 700 millones de euros y tendrá que estar destinado a la compensación de los hogares con rentas bajas y de las pymes por el aumento en los precios del carbono que les va a causar la modificación legislativa. Así y todo, la limitación de los precios de la ener- gía debería provenir principalmente de una reforma estructural de un mercado eléctrico europeo que ha producido serias ineficiencias en lo peor de la crisis. Esta medida tendría una incidencia mayor sobre el precio de la energía y, a diferencia de lo que ocurriría si debilitásemos el RCDE, no compromete la consecu- ción de los objetivos de descarbonización. Tampoco pondría en peligro el fortalecimiento de una autonomía energética europea, mediante la que se persigue una menor dependencia de la UE de las importaciones de los combustibles fósiles. La extensión del RCDE a nuevos sectores La reforma del RCDE recientemente aprobada supondrá una extensión del mercado de emisiones a nuevos sec- tores hasta ahora exentos del mismo, como el transporte marítimo, la construcción o el transporte por carretera. De esta forma, prácticamente todos los sectores con mayo- res emisiones van a estar cubiertos por el RCDE. Ahora bien, para la construcción y el transporte por carretera, la reforma crea un mercado de derechos de emisión, distinto y separado del general (RCDE II). Son sectores respecto a los que existe una especial sensibili- dad social, dado que afectan directamente a la vida de los ciudadanos. De ahí que este régimen especial prevea unos precios del carbono más bajos y unos plazos de puesta en marcha más largos. EL RCDE II no se aplicará hasta el 2027 o, incluso, hasta el 2028, en el caso de que se produjera una subida abrupta del precio del carbono superior a 45 euros por tonelada.

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