EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA. Ante una nueva legislatura europea

EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA 44 públicas; para la seguridad jurídica, en suma, la Comisión ha propuesto una Directiva sobre lucha contra la corrup- ción el 3 de mayo de 2023, reforzando el marco jurídico e institucional europeo, propuesta que está comenzando en estos momentos su iter legislativo 13 . En esta propuesta se moderniza el marco jurídico europeo en tres áreas: − Prevención de la corrupción y creación de una cultura de la integridad, mediante la realización de campañas de información y sensibilización y el desarrollo de programas de investigación y educa- ción para reducir los riesgos (1); velando porque el sector público rinda cuentas con arreglo a los más altos niveles de exigencia, imponiendo a los Estados miembros la obligación de adoptar normas eficaces sobre el acceso abierto a la información de interés público, sobre la gestión de conflictos de intereses en el sector público, la verificación de los activos de los funcionarios públicos y regulando la interacción entre el sector público y el privado (2); y creando organismos especializados en la lucha contra la co- rrupción, con recursos y formación adecuados para las autoridades responsables de la prevención y la lucha contra la corrupción (3). − Codificando todos los delitos y sanciones en materia de corrupción, mediante la armonización de las de- finiciones de los delitos tipificados como corrupción, que abarquen no solo el cohecho o soborno, sino también la malversación o apropiación indebida, el tráfico de influencias, el abuso de funciones, la obstrucción a la justicia y el enriquecimiento ilícito relacionado con los delitos de corrupción (1); y agra- vando las sanciones penales a las personas físicas y 13  Propuesta de Directiva sobre la lucha contra la corrupción, por la que se sustituyen la Decisión Marco 2003/568/JAI del Consejo y el Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo. COM(2023) 234 final. jurídicas, armonizando las circunstancias agravantes y atenuantes (2). − Garantía de la eficacia de las investigaciones y el en- juiciamiento de la corrupción. Los Estados miembros tendrán que velar porque los cuerpos y fuerzas de seguridad y los fiscales dispongan de los instrumen- tos de investigación adecuados para luchar contra la corrupción (1); y tendrán que garantizar que los privi- legios y la inmunidad puedan levantarse durante las investigaciones de corrupción mediante un proceso eficaz y transparente preestablecido por ley y en el momento oportuno (2).También entran aquí normas mínimas sobre el plazo de prescripción para que se disponga del tiempo suficiente para llevar los delitos de corrupción ante la justicia. En el ámbito de reforzar la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación, de su independencia, de su seguridad y de acceso a la información y de la gobernanza de los medios de comunicación, elementos esenciales para que nuestras democracias gocen de bue- na salud, la Comisión propuso el 16 de septiembre de 2022 la llamada Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación 14 . El Consejo ha adoptado reciente- mente su posición común, el 21 de junio de 2023, y en estos momentos se está negociando con el Parlamento Europeo su adopción, según el procedimiento legislati- vo ordinario, figurando su culminación como una de las prioridades de la actual Presidencia española. Esta propuesta constituye un nuevo conjunto de normas y mecanismos que promueven el pluralismo y la independencia de los medios de comunicación en toda la UE, en particular en lo que se refiere a: − La protección de la independencia editorial. − Medidas firmes para proteger los derechos de los prestadores de servicios de medios de comunicación, incluida una protección eficaz de los empleados y sus familias y salvaguardias contra el uso de programas 14  Propuesta de Reglamento por el que se establece un marco común para los servicios de medios de comunicación en el mercado interior. COM(2022) 457 final.

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