EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA. Ante una nueva legislatura europea

EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA 56 proyectos colaborativos para fomentar la innovación y la puesta en marcha de un mercado común de la defensa. Con la misma finalidad, el artículo 42.6 del TUE crea la cooperación estructurada permanente “para los Esta- dos que cumplan criterios más elevados de capacidades militares y que hayan suscrito entre sí compromisos más vinculantes al respecto”. Esta institución se pensó con la idea de permitir agrupaciones variables de EE. MM. que cooperaran sobre bases pragmáticas para desarrollar proyectos concretos de capacidades. Introduce una cierta comunitarización o mayor exigencia, en la medida en que una vez constituido el proyecto, sus participantes toman decisiones por mayoría cualificada y, en caso de que un Estado no cumpla con sus compromisos, puede ser expulsado, lo que constituye una forma de sanción. Se recoge también en el artículo 42.7 una cláusula de asistencia mutua y solidaridad entre EE. MM. en caso de agresión armada que podría convertir la UE en una alianza defensiva. Los EE. MM., sin embargo, hasta este momento han decidido dejar esta cláusula como papel mojado al no haberla desarrollado normativamente ni haber establecido los procedimientos institucionales, ni las capacidades políticas necesarias para su implemen- tación. Se constata así que no desean hacer sombra a la OTAN y que prefieren respetar el monopolio de esta para garantizar la defensa colectiva de los EE. MM. en una suerte de división del trabajo (Guinea 2023). Para finalizar estas reflexiones previas hay que señalar que dos de los EE. MM. obtuvieron en momentos distintos excepciones en materia de defensa, debido en ambos casos a referendos de ratificación de Tratados negativos. Sería Dinamarca en 1992, con motivo de la ratificación de Maas- tricht (Consejo Europeo 1992: Parte B), e Irlanda en 2008, para conseguir la vigencia del Tratado de Lisboa (Consejo Europeo 2008: Anexo I). Los dos consiguen no verse vin- culados por las obligaciones del tratado a este respecto, pero nada obsta a que se puedan adherir voluntariamente a determinadas instituciones o compromisos de PCSD o a que decidan cooperar bilateral o multilateralmente en te- mas de defensa con otros EE. MM. La guerra ha cambiado la posición danesa, como veremos más adelante. La autonomía estratégica vinculada a la defensa: una cuestión (tradicionalmente) controvertida El Tratado de Lisboa, en vigor desde 2009, introduce innovaciones para poner en marcha una política de de- fensa que se sume a la previa de seguridad, pero estas no resultan aplicadas en los años siguientes. Habrá que es- perar hasta 2016, año que supone un punto de inflexión en la política europea, pasando el Consejo Europeo a situar la defensa entre sus prioridades, con la adopción del objetivo de la autonomía estratégica. Este nuevo ob- jetivo es planteado por la Estrategia Global de la Unión Europea en materia de Política Exterior y Seguridad (EEAS 2016: 4) y desarrollado por la Hoja de Ruta de Bratislava (Jefes de Estado y de Gobierno 2016:5). La autonomía estratégica se entiende como “la capacidad para actuar de manera autónoma cuando y donde sea necesario y, en la medida de lo posible, con los países asociados” (Council of the EU 2016). Podemos preguntarnos qué pasó en 2016 para que la mentalidad y la voluntad de los EE. MM. cambiara. El entorno internacional se ve convulsionado, creciendo la demanda de seguridad. Se generaliza el conflicto y la inestabilidad en el vecindario, tanto en el Este, después de la primera guerra de Ucrania, como en el Mediterrá- neo, con los diversos conflictos en que desemboca la Primavera Árabe. La política global también se vuelve más agria y menos cooperativa con la creciente asertivi- dad de las potencias emergentes.Y, finalmente, la llegada de Trump a la Casa Blanca hace recelar de que la OTAN siga pudiendo ser considerada como la garante de la seguridad europea. Dentro de la propia UE también se dan otras dinámi- cas que favorecen el desarrollo de la política de defensa: un cambio significativo en la opinión pública europea causado por el entorno internacional, una Comisión Eu- ropea liderada por Juncker mucho más política, que no duda en asumir un rol nuevo interpretando creativamen- te los tratados, y la ventana de oportunidad que supone el Brexit . Efectivamente, la salida del Reino Unido actúa

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