EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA. Ante una nueva legislatura europea

Las políticas de migración y asilo 99 hitos de este ciclo legislativo. Apenas unos días después de la invasión rusa de Ucrania del 24 de febrero de 2022, en el Consejo Extraordinario de Justicia y Asuntos Inter- nos, los Estados miembros mostraron su apoyo a la acti- vación de la Directiva de Protección Temporal. Siguiendo el procedimiento de dicha Directiva, el 2 de marzo la Comisión propuso su activación y el Consejo de la Unión Europea lo acordó en su reunión de 3 de marzo, publi- cándose al día siguiente la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 por la que se constata una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania. Ello permitió otorgar protección de forma ágil y sin tensionar los sistemas de asilo de los Estados miembros a cuatro millones de personas a fecha de cierre de la redacción de este informe. Cuatro millones de perso- nas que obtuvieron un estatus legal, asistencia social, sanitaria, educación, acogida y todo desde una gestión comunitaria exitosa, sin los habituales enfrentamientos y parálisis arriba descritos. Ahora urge, antes del fin de la presente legislatura, la extensión de esta protección temporal hasta 2025 y preparar la respuesta a medio plazo para estos cuatro millones de personas, ya sea el retorno voluntario en condiciones de seguridad si las cir- cunstancias lo permiten o la integración en los Estados miembros de acogida facilitando el acceso a permisos de residencia una vez que el plazo máximo de la Protección Temporal expire. Para ello será fundamental la negociación de la Pro- puesta de Reforma de la Directiva de Residencia Larga Duración, que permite contabilizar todos los periodos de residencia legal, incluidos los de residencia por protec- ción temporal. En abril de 2023 el Parlamento Europeo acordó su mandato de negociación, donde se propone que el tiempo de residencia legal para acceder al estatus de larga duración sea tres años, en lugar de cinco, lo que facilitaría el acceso a esta residencia a las personas con protección temporal cuando se expire esta en 2025 (Parlamento Europeo, 2023). La voluntad política para reaccionar ante el conflicto de Ucrania no debe ser excepcional, sino tomarse como referencia, para responder a otros conflictos o situaciones similares, como el terremoto de Siria y Turquía, y para que los instrumentos del Pacto sienten las bases de una política migratoria y de asilo verdaderamente común, garantista y capaz de articular una respuesta estructural a los retos actuales y futuros de la Unión Europea. Recomendaciones Para avanzar en la construcción de un Sistema Europeo Común de Asilo con un enfoque garantista que priori- ce la protección de las personas y la garantía de sus derechos, así como la solidaridad y la responsabilidad compartida entre los Estados miembros, desde CEAR proponemos: − Garantizar un reparto verdaderamente equitativo de las responsabilidades compartidas en materia de asilo entre los Estados miembros. Superar el criterio del país de primera entrada mediante una nueva jerarquía de criterios para determinar la responsabi- lidad, que otorgue mayor importancia a los vínculos familiares en sentido amplio y tenga en cuenta las situaciones de enfermedad grave y/o discapacidad u otras situaciones de vulnerabilidad de las personas solicitantes de asilo. − Impulsar la aprobación de un mecanismo de solidari- dad obligatorio y permanente basado en un mínimo de cuotas obligatorias de reubicación como única contribución solidaria posible. Rechazar la alternativa del patrocinio de retorno o el apoyo de capacidades en la dimensión exterior, poniendo en el centro la protección de las personas. − Defender el salvamento y rescate en el mar frente a la criminalización del trabajo humanitario, y adoptar un acuerdo sobre un mecanismo de desembarco eu- ropeo seguro y predecible, con posterior reubicación obligatoria. − Oponerse a la obligatoriedad de los procedimientos fronterizos acelerados y rechazar la ficción jurídica de no entrada, ya que retrasan el acceso al procedi- miento de protección internacional y a las garantías

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