Libro blanco de las ACES Pediátricas 2024

1. DATOS IDENTIFICATIVOS 1.1. DENOMINACIÓN DEL ÁREA ESPECÍFICA PEDIATRÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA 1.2. HISTORIA DE LA ESPECIALIDAD PEDIÁTRICA El Real Decreto 137/1984, de estructuras básicas de salud, y la Ley General de Sanidad 14/1986 definieron y sentaron las bases de la actual red de Atención Primaria (AP). Se estableció la delimitación territorial de las zonas de salud, el trabajo en equipo multidisciplinar, la integración de las actividades de curación con las de promoción y prevención, el aumento del tiempo de atención y la integración de los pediatras en los equipos. Esta normativa regula el sistema de salud pública en España y establece el modelo sanitario en el que el pediatra es la puerta de entrada al sistema de salud de la población infantil hasta los 14 años y responsable de la atención integral al niño desde su nacimiento hasta la adolescencia, actuando el pediatra de AP como gestor y coordinador de casos y regulador de flujos. Comprenderá actividades de promoción de la salud, educación sanitaria, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria, mante- nimiento y recuperación de la salud, así como la rehabilitación física y el trabajo social. En la Orden SCO/3148/2006 se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Pediatría y sus Áreas Específicas que establece la rotación obligatoria por AP. Posteriormente, la resolución conjunta de los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Educación y Cien- cia de 10 de mayo de 2006 establece los requisitos generales para la acreditación de centros de salud docentes y reconoce la actividad profesional de los especialistas en Pediatría en AP con verdadero protagonismo en las medidas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud que demandan los sistemas sanitarios más evolucionados. El Real Decreto 184/2015, regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesiona- les del personal estatutario de los servicios de salud; establece dos categorías de referencia respecto a la Pediatría: la de Pediatría y sus Áreas específicas y la de Pediatría de AP. Determina que la Pediatría de AP requiere una cualificación y competencias necesarias y exigibles para la prestación de un servi- cio público en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, y condiciona la incorporación y acceso de los profesionales a los centros e instituciones sanitarias de este sistema en el grupo y subgrupo de clasifi- cación profesional correspondiente. Pediatría de Atención Primaria

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