LIBRO + ANEXOS NEONATOLOGÍA

Neonatología ❚ 9 MANEJO ENFERMEDADES CRÓNICAS Displasia broncopulmonar, incluida la grave con oxigenoterapia domiciliaria Encefalopatía hipóxico-isquémica Insuficiencia renal de origen en periodo neonatal Seguimiento integral del prematuro de riesgo Parálisis cerebral Déficit de atención e hiperactividad Trastorno del espectro autista Patología nutricional: crecimiento intrauterino retrasado y síndrome metabólico Retinopatía de la prematuridad OTRAS DIFERENCIAS Capacitación para tomar decisiones en situaciones éticamente complicadas (prematuridad extrema, malformaciones congénitas, reanimación neonatal, etc.) Conocimiento de las situaciones de riesgo perinatal o de pérdida del bienestar fetal Conocimiento de la repercusión en el feto y el neonato de las enfermedades crónicas maternas Conocimiento de niveles asistenciales para la atención perinatal e indicaciones de traslado perinatal y neonatal Reanimación del recién nacido de alto riesgo (prematuridad extrema, malformaciones congénitas…) Cuidados centrados en el desarrollo y la familia Capacitación para proporcionar consejo prenatal Capacitación para seguimiento integral del recién nacido de riesgo Manejo del duelo perinatal y neonatal 3. PROPUESTA DE FORMACIÓN DE ESPECIALISTAS 3.1. ESPECIALIDADES MÉDICAS DESDE LAS QUE SE ACCEDE A LA ESPECIALIDAD PEDIÁTRICA ESPECÍFICA El acceso al área de capacitación específica de Neonatología se deberá realizar a partir de la espe- cialidad de Pediatría. La Neonatología no tiene una especialidad paralela en la medicina del adulto. En la actualidad, todos los profesionales que ejercen la Neonatología proceden de la especialidad de Pediatría. 3.2. CENTROS EN ESPAÑA QUE CUMPLEN LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA ENTRENAR/ FORMAR A LOS ESPECIALISTAS EN LOS ELEMENTOS DIFERENCIALES Durante el periodo comprendido entre noviembre de 2014 y diciembre de 2016, el comité de área de Neonatología (tras su aprobación en el Real Decreto de Troncalidad y Áreas de Capacitación Específica, 639/2014, de 25 de julio, y antes de su derogación por el Tribunal Supremo) trabajó en la acreditación de unidades docentes. En este sentido se estableció como criterio de mínimos para acreditación de un centro para la formación en el ACE el nivel IIIB o superior. Entre los requisitos necesarios:

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