LIBRO + ANEXOS MEDICINA PEDIÁTRICA DE URGENCIAS
Medicina Pediátrica de Urgencias. Anexos ❚ 95 establece el motivo de consulta del paciente, por lo que debiera permitir privacidad para información confidencial y/o un breve examen clínico. 2.2.5. Consultas médicas/boxes. Debe contar con un box/consulta por cada 16-22 visitas diarias, con un espacio mínimo de 8 m2. Su dotación se detalla en el apéndice I. 2.2.6. Sala de críticos: el Servicio debe disponer de una sala destinada a pacientes cuya situación no permita demora en la asistencia, dotada con me- dios de soporte vital avanzado y fácil acceso des- de el exterior y desde todas las áreas del Servicio. Debe estar dotada al menos de una camilla móvil y articulada con sistema de freno, que debería ser radiotransparente, y/o una camilla de exploración fija o móvil además de un carro de RCP. Su dotación se detalla en el apéndice I. 2.2.7. Unidad de Observación (UO): Sería reco- mendable que todos los SUP dispusieran de una UO o de Corta Estancia. En esta área permanecen los pacientes con diagnósticos inciertos, aquéllos ya diagnosticados que precisan un control de su evolución aguda, y los que se benefician de un tra- tamiento hospitalario de duración menor a 24 horas. Permite reducir tanto ingresos hospitalarios inne- cesarios, como errores evitables en algunas altas. Debiera tener capacidad para atender al 5-10% de la demanda urgente diaria (los estándares internacio- nales estiman su capacidad en una cama por cada 5.000-10.000 urgencias atendidas), recomendándo- se que el 20% de las camas estén dotadas para la asistencia a pacientes graves o que requieran mo- nitorización. El espacio mínimo por cama debe ser de 10 m2. Deben disponer de tomas de oxígeno, de vacío, de aire medicinal, monitores, tensiómetros, bombas de infusión de medicamentos y fungibles. Las recomendaciones internacionales aconsejan que todos aquellos SUP con más de 50.000 visitas anuales dispongan de 1 PU específicamente dedi- cado a esta área. 2.2.8. Sería deseable que dispusiera de una Sala de curas y cirugía menor, destinada a la realización de curas y suturas, con la infraestructura corres- pondiente (ver apéndice I). 2.2.9. Sería deseable que dispusiera de una Sala de ortopedia / yesos, que debiera estar próxima a la de radiodiagnóstico y contar con el material ne- cesario (ver apéndice I). 2.2.10. Áreas auxiliares: el Servicio debe dispo- ner además de: • una sala de trabajo para el personal facultativo, que incluya biblioteca, mesa de reuniones, sillas suficientes, material informático. • una sala confortable para el descanso del per- sonal, con el equipo hostelero necesario: mesas, sillas y sillones, frigorífico, microondas, frega- dero, teléfono. • taquillas, aseos y duchas. • almacén 2.2.11. Servicios Centrales o Generales ubicados en el Área de Urgencias: • Laboratorios: el Servicio debe disponer las 24 horas del día de un laboratorio de urgencias, con las coberturas que se especifican en el apéndice II. Cuando el volumen de pacientes atendidos no justifique este despliegue en el propio Ser- vicio, debe disponer de medios de transporte de muestras adecuados (tubo neumático, por ejemplo), así como una terminal de ordenador que comunique los resultados desde el labora- torio central. Deberán estar disponibles técnicas de micrométodo. • Radiología: Sería recomendable que un Servicio con un volumen total de urgencias/año superior a los 50.000 contase con una zona de radiología exclusiva para pacientes urgentes, con sala de espera para aquéllos que su estado lo permita y una sala de informes específica. Las explora- ciones radiológicas que deben ser realizables se detallan en el apéndice II. Para el resto de Servicios que no cumplan tal condición será su- ficiente con una zona para la práctica de dichas exploraciones en sus cercanías. 2.3. DOTACIÓN DE MATERIAL El Servicio de Urgencias debe contar con medios tecnológicos que garanticen la calidad de la aten- ción prestada. Estos medios deben estar en conti- nua revisión y actualización. Un listado detallado aparece en el apéndice I. 2.4. ORGANIZACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. 2.4.1. Plan funcional asistencial: Debería existir un Plan Funcional escrito que incluyera, al menos,
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