Se preguntará el lector qué interés tienen hoy unas normas ya derogadas, que no se aplican incluso desde hace siglos. Lo tienen, y mucho. Si queremos entender el contenido de nuestro actual ordenamiento jurídico cinegético hemos de conocer sus antecedentes y los principios en que se basa y se inspira. Si queremos entender algo acerca de la propiedad de las piezas de caza, esto es, acerca de cómo se gana o se pierde el señorío de los animales salvajes; algo sobre el concepto de “vedado” o sobre las penas de azotes, galeras o amputación de manos a los cazadores furtivos, hemos de leer los dictámenes de los juristas romanos, las leyes de Alfonso X, el Sabio, o las leyes de Carlos IV para ver por qué los vagos no podían cazar y sí los cazadores de oficio y los curas siempre después de misa; o la Ley de 1970 si queremos saber cuántas hay y hasta dónde llegan las zonas de seguridad, etc. En resumen, sólo estudiando los viejos textos legales entenderemos el verdadero significado de las vigentes leyes de caza.
Además –así lo entiendo- resulta un placer para todo cazador leer viejos textos –aunque sean leyes- por su terminología, sintaxis y resolución de curiosos conflictos venatorios.