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EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA

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para garantizar la eficiente asignación de los re-

cursos financieros en el marco de la unión adua-

nera y del mercado a escala europea. Y sin em-

bargo, es difícil hablar de sistema financiero

europeo, pues este está segmentado a escala na-

cional, además de no operar primariamente con

una sola moneda y con un único banco central.

En este momento, el sistema financiero eu-

ropeo se compone del Banco Central Europeo,

y otros nueve bancos centrales nacionales, que

emiten una moneda diferente del euro, y alre-

dedor de 8300 entidades financieras. En com-

paración con EE. UU., la financiación empresa-

rial es mucho más dependiente de los bancos,

frente al recurso a los mercados de capitales (es

decir emisiones de acciones y títulos de deuda

por parte de las empresas).

Asimismo, el sistema financiero de la UE in-

cluye una entidad financiera pública, el Banco

Europeo de Inversiones, un mecanismo encar-

gado de garantizar la estabilidad financiera de

la zona del euro (el MEDE), un Mecanismo

Único de Supervisión sobre las 130 entidades

financieras consideradas sistémicas (MUS), tam-

bién en el ámbito de la Unión Monetaria, e in-

cluso un Fondo Único de Resolución (FUR) para

la liquidación o saneamiento de los bancos en

crisis. Este sistema de supervisión y reestructura-

ción es conocido como la unión bancaria, limi-

tada, eso sí, a los países del euro, y sin incluir un

fondo común de garantías de depósitos. A estas

nuevas instituciones o agencias hay que agregar

el propuesto Fondo Europeo de Inversiones

Estratégicas, cuyo reglamento debiera estar

aprobado no más tarde de junio de 2015.

Para el conjunto de la UE se ha aprobado un

importante paquete normativo que incluye en-

tre otros elementos el aumento de los requisitos

de capital de la banca.

El enfoque adoptado es cuanto menos pecu-

liar. Es decir, la regulación es la misma para todos,

pero no así la supervisión. Desde el punto de

vista técnico, es discutible que se haya optado

por no establecer un supervisor bancario para el

conjunto de la UE, ya que existe suficiente base

competencial en los tratados. Más bien parece

que se dio por hecho la oposición de algún

Estado miembro a esta solución. Por otro lado,

hay que tener en cuenta que la supervisión tiene

efectos normativos, por lo que andado el tiem-

po puede no ser tan cierto que la regulación sea

la misma para todos los Estados miembros, aun-

que se haya establecido la Autoridad Bancaria

Europea con la finalidad de asegurar el llamado

“manual de reglas único”.

Dado que se optó por establecer el MUS en

el seno del Banco Central Europeo, cabe inferir

que no habrá un supervisor único o cuasi-único

para el conjunto de la Unión en tanto en cuanto

no se adhieran el resto de los países obligados a

adoptar el euro (todos menos el Reino Unido y

Dinamarca).

Por último, el sistema financiero europeo ca-

rece de la liquidez y estabilidad que otorgaría a

los mercados financieros la disponibilidad de tí-

tulos de deuda pública emitidos por la Unión

Europea, tal y como sucede con los bonos del

tesoro de los EE. UU.

Si evaluamos el sistema financiero europeo

desde el punto de vista del desempeño de su

principal razón de ser, que es convertir el ahorro

en financiación para empresas y consumidores,

lo cierto es que la Unión está todavía lejos de

recuperar las tasas de inversión previas a la cri-

sis. En parte, el sistema financiero hasta 2007

estaba inflado como consecuencia de las burbu-

jas inmobiliarias, pero por otro lado el pánico

financiero condujo a un recorte del crédito

para autónomos, pymes y consumidores que

dura hasta nuestras días. En general, los ban-

cos han preferido comprar deuda pública de

los Estados miembros con dinero prestado por