Background Image
Table of Contents Table of Contents
Previous Page  57 / 173 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 57 / 173 Next Page
Page Background

LAS NEGOCIACIONES DEL

BREXIT

EN LA PRIMAVERA DE 2018: AVANCES Y PERSPECTIVAS FUTURAS

57

de relación con el Reino Unido, sino todo un

conjunto de consecuencias que poco a poco co-

mienzan a tomarse en consideración, como, por

ejemplo, el menor presupuesto, el impacto en

las distintas políticas, clave por ejemplo en el

ámbito de la PESC, la probabilidad de que se

tengan que renegociar muchos de sus acuerdos

comerciales, etc.

Sea como sea la retirada, un resultado de

costes o perjuicios para las dos partes es inevita-

ble y esto es lo que explica una de las caracterís-

ticas de esta negociación y que la diferencia y

opone a todas las demás. El objetivo de esta

negociación es gestionar la separación o la des-

integración, que sí o sí, va a producir pérdidas

para todos y ganancias para nadie. Por tanto, el

objetivo compartido para ambas partes no es

otro que minimizar esas pérdidas, lo que el ne-

gociador europeo suele denominar como una

“política de contención del daño”

5

. Esta carac-

terística, por sí misma, dificulta enormemente la

posibilidad de éxito de la negociación, ya que es

más fácil que un negociador haga una conce-

sión dolorosa en la perspectiva de un beneficio

futuro, pero esas concesiones son más arduas si

esa perspectiva no existe. Lo único que puede

movilizar el espíritu cooperativo de ambas par-

tes es la “visión del abismo”, es decir, la toma

de conciencia de que el fracaso de las negocia-

ciones y la salida sin acuerdo se saldará con

enormes pérdidas económicas y políticas a am-

bas orillas del Canal.

5

 La idea de que el objetivo de los europeos en la nego-

ciación es el “control de daños” es algo que suelen repetir

en todas sus intervenciones tanto el presidente del Consejo

Europeo, Tusk, como el negociador Barnier. Véase a título

de ejemplo: Tusk, D.:

Remarks following the UK notifica�

tion,

Brussels, 29 de marzo de 2017 (Press Release 160/17).

Las negociaciones para la retirada del

Reino Unido de la UE: balance de la primera

etapa (julio-diciembre de 2017)

El proceso de retirada del Reino Unido de la UE

comenzó formalmente el 29 de marzo de 2017,

cuando la primera ministra británica, Theresa

May, presentó su solicitud en forma de carta al

Consejo Europeo, conforme al artículo 50 del

TUE

6

. Se ponía en marcha el reloj del

brexit,

dando comienzo el plazo de dos años para ne-

gociar y conseguir la vigencia del “acuerdo de

retirada”, que según el tratado, debe tener en

cuenta “el marco de sus relaciones futuras”.

Así, el

brexit

se producirá el 30 de marzo de

2019, si el Consejo Europeo no decidiera por

unanimidad prorrogar las negociaciones con el

beneplácito del Gobierno británico

7

.

6

 May, T.:

Letter to Donald Tusk triggering Article 50,

Lon-

dres, 29 de marzo de 2017.

7

 Aplicando el artículo 50 del tratado, las directrices del

Consejo disponen que el acuerdo debe fijar como fecha de

retirada a más tardar el 30 de marzo de 2019, a las 00:00

(hora de Bruselas). La recomendación de la Comisión es-

pecifica, además, que si no se lograra la entrada en vigor

del acuerdo para esa fecha los tratados de la UE dejarían

de aplicarse igualmente al Reino Unido, esto es, la retirada

devendría efectiva. Véase respectivamente: Consejo de la

Unión Europea,

Anexo de la Decisión (UE, Euratom) 2017/...

del Consejo por la que se autoriza la apertura de negocia�

ciones con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del

Norte relativas a un acuerdo en el que se establecen las

modalidades de su retirada de la Unión Europea - Direc�

trices de negociación de un acuerdo con el Reino Unido de

Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el que se establecen las

modalidades de su retirada de la Unión Europea

, Bruselas,

22 de mayo de 2017 (XT 21016/17 ADD 1 REV 2), pto.

8; European Commission,

Recommendation for a Council

Decision authorising the Commission to open negotiations

on an agreement with the United Kingdom of Great Britain

and Northern Ireland setting out the arrangements for its

withdrawal from the European Union,

Bruselas, 3 de mayo

de 2017 (COM(2017) 218 final), p. 2.