

EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA
86
consiga alcanzar los de 2030, y aún más para
cumplir con sus compromisos como signataria
del Acuerdo de París. El “paquete de invierno“
hace caso omiso de los déficits estructurales de
los actuales sistemas del mercado energético.
Dejando aparte el hecho de que la inversión en
infraestructuras y la creación de nuevas capaci-
dades se guían por precios al por mayor, el
Régimen de Comercio de Derechos de Emisión
(RCDE) –que es el cimiento de la estrategia de
descarbonización, puesto que su objetivo es in-
crementar las inversiones bajas en CO
2
– está
mermado por el claro exceso de derechos de
emisión de CO
2
. Cada vez existe una mayor
concentración de energías renovables en deter-
minadas regiones de la Unión Europea. Por aña-
didura, el actual estado del panorama energéti-
co se ve condicionado en buena medida por un
entorno de mercado disfuncional, definido por
su exceso de capacidad productiva, bajos pre-
cios de mercado, congestionamiento de la red,
inversiones varadas y crecientes costes de (re)
distribución. El “paquete de invierno“ no toma
en consideración este diagnóstico; no, se prefie-
re seguir como siempre antes que optar por una
profunda transformación hacia un mercado en
el que tanto las energías renovables como la efi-
ciencia energética se vean motivadas por seña-
les de inversión y por un compromiso político a
largo plazo de todos los Estados miembros. El
objetivo formulado por el paquete de medidas
(prioridad absoluta de la eficiencia energética y
liderazgo en energía renovable) se queda así en
papel mojado.
Con respecto a los pormenores del diseño del
mercado eléctrico, la Comisión propone refor-
mular la Directiva sobre la Electricidad y el
Reglamento de la Electricidad (cuyas últimas ac-
tualizaciones datan del tercer paquete energético
de 2009), con el objetivo de profundizar la inte-
gración del mercado europeo de la electricidad.
Muchas de sus disposiciones se orientan a incre-
mentar la vinculación entre los mercados a corto
plazo, en tanto que otras impulsan una mayor
cooperación regional de los operadores de siste-
mas de transmisión (OST). El Reglamento de la
Electricidad también se ocupa –por primera vez
en la legislación europea– de los mecanismos de
capacidad, con el objeto primordial de hacer
obligatoria la participación transfronteriza en los
mecanismos nacionales. Si bien esta medida va en
general en una dirección adecuada (aunque po-
drían debatirse múltiples detalles de cada una de
las disposiciones), puede decirse que el enfoque
de la Comisión sobre el diseño del mercado eléc-
trico está más cerca de “seguir como siempre“
que de un replanteamiento fundacional del dise-
ño del mercado de la electricidad.
En cuanto a la seguridad del abastecimiento
de electricidad, la Comisión se hace eco de su
reciente iniciativa sobre la seguridad del abaste-
cimiento de gas. Aunque nuevamente la inicia-
tiva es bienvenida, la propuesta de reglamento
se centra en la cooperación técnica. Así, lo que
queda fuera de este enfoque es precisamente lo
esencial: la gobernanza política.
Precisamente con respecto a la gobernanza,
la Comisión propone un reglamento de nuevo
cuño. El reconocimiento de la importancia de
una buena gobernanza a todos los niveles (lo-
cal, nacional y europeo) es muy bienvenido, con
miras al éxito de la unión de la energía. Sin
duda, la coordinación, la supervisión y el respeto
de la legislación son elementos clave para la se-
guridad de la inversión y para el justo reparto
del esfuerzo. No obstante, analizando los deta-
lles se comprueba que faltan decisiones funda-
mentales. Los Estados miembros han de presen-
tar a la Comisión un proyecto de plan
energético y climático nacional antes del año
2018, en el que establezcan cómo piensan
abordar el cumplimiento del objetivo global de