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EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA

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consiga alcanzar los de 2030, y aún más para

cumplir con sus compromisos como signataria

del Acuerdo de París. El “paquete de invierno“

hace caso omiso de los déficits estructurales de

los actuales sistemas del mercado energético.

Dejando aparte el hecho de que la inversión en

infraestructuras y la creación de nuevas capaci-

dades se guían por precios al por mayor, el

Régimen de Comercio de Derechos de Emisión

(RCDE) –que es el cimiento de la estrategia de

descarbonización, puesto que su objetivo es in-

crementar las inversiones bajas en CO

2

– está

mermado por el claro exceso de derechos de

emisión de CO

2

. Cada vez existe una mayor

concentración de energías renovables en deter-

minadas regiones de la Unión Europea. Por aña-

didura, el actual estado del panorama energéti-

co se ve condicionado en buena medida por un

entorno de mercado disfuncional, definido por

su exceso de capacidad productiva, bajos pre-

cios de mercado, congestionamiento de la red,

inversiones varadas y crecientes costes de (re)

distribución. El “paquete de invierno“ no toma

en consideración este diagnóstico; no, se prefie-

re seguir como siempre antes que optar por una

profunda transformación hacia un mercado en

el que tanto las energías renovables como la efi-

ciencia energética se vean motivadas por seña-

les de inversión y por un compromiso político a

largo plazo de todos los Estados miembros. El

objetivo formulado por el paquete de medidas

(prioridad absoluta de la eficiencia energética y

liderazgo en energía renovable) se queda así en

papel mojado.

Con respecto a los pormenores del diseño del

mercado eléctrico, la Comisión propone refor-

mular la Directiva sobre la Electricidad y el

Reglamento de la Electricidad (cuyas últimas ac-

tualizaciones datan del tercer paquete energético

de 2009), con el objetivo de profundizar la inte-

gración del mercado europeo de la electricidad.

Muchas de sus disposiciones se orientan a incre-

mentar la vinculación entre los mercados a corto

plazo, en tanto que otras impulsan una mayor

cooperación regional de los operadores de siste-

mas de transmisión (OST). El Reglamento de la

Electricidad también se ocupa –por primera vez

en la legislación europea– de los mecanismos de

capacidad, con el objeto primordial de hacer

obligatoria la participación transfronteriza en los

mecanismos nacionales. Si bien esta medida va en

general en una dirección adecuada (aunque po-

drían debatirse múltiples detalles de cada una de

las disposiciones), puede decirse que el enfoque

de la Comisión sobre el diseño del mercado eléc-

trico está más cerca de “seguir como siempre“

que de un replanteamiento fundacional del dise-

ño del mercado de la electricidad.

En cuanto a la seguridad del abastecimiento

de electricidad, la Comisión se hace eco de su

reciente iniciativa sobre la seguridad del abaste-

cimiento de gas. Aunque nuevamente la inicia-

tiva es bienvenida, la propuesta de reglamento

se centra en la cooperación técnica. Así, lo que

queda fuera de este enfoque es precisamente lo

esencial: la gobernanza política.

Precisamente con respecto a la gobernanza,

la Comisión propone un reglamento de nuevo

cuño. El reconocimiento de la importancia de

una buena gobernanza a todos los niveles (lo-

cal, nacional y europeo) es muy bienvenido, con

miras al éxito de la unión de la energía. Sin

duda, la coordinación, la supervisión y el respeto

de la legislación son elementos clave para la se-

guridad de la inversión y para el justo reparto

del esfuerzo. No obstante, analizando los deta-

lles se comprueba que faltan decisiones funda-

mentales. Los Estados miembros han de presen-

tar a la Comisión un proyecto de plan

energético y climático nacional antes del año

2018, en el que establezcan cómo piensan

abordar el cumplimiento del objetivo global de