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EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA

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En el mes de diciembre de 2017, el Consejo

de la Unión Europea remitió al Comité de

Representantes Permanentes del Consejo nota

relativa a la situación de la reforma del SECA y

de reglamento sobre reasentamiento.

La conclusión general de la presidencia mal-

tesa tras las consultas realizadas sigue en la línea

de buscar un sistema eficaz, que evite los movi-

mientos secundarios que facilite una solidaridad

efectiva entre los estados ante una “presión mi-

gratoria desproporcionada”. Apuesta por proce-

dimientos acelerados cuando las personas pro-

cedan de terceros países seguros, países de

origen seguros y pretensiones infundadas y pro-

cedimientos de retorno efectivos que consideran

parte del funcionamiento del sistema de gestión

de la migración. El Consejo Europeo tratará de

llegar a un consenso durante el primer semestre

de 2018.

Respecto a la directiva sobre las condiciones

de acogida, se mantienen como cuestiones más

controvertidas las cuestiones relativas a la “pena-

lización” de los movimientos secundarios, asig-

nación de lugar de residencia, acceso al mercado

laboral, reducción o retirada de las condiciones

de acogida y disposiciones relativas a menores no

acompañados. El primer diálogo a tres bandas

tuvo lugar en el mes de diciembre de 2017.

El reglamento de reconocimiento ha sido ob-

jeto de cuatro diálogos tripartitos que han puesto

de manifiesto las diferencias entre el Consejo y el

Parlamento Europeo y la lentitud por ello de las

negociaciones que deben continuar, principal-

mente en las cuestiones relativas a la aproxima-

ción de los estatutos de refugiado y protección

subsidiaria, duración de los permisos de residen-

cia, alternativa de huida interna y revisión obliga-

toria del estatuto y su permanencia en el país

durante tres meses tras la revocación del mismo.

Sobre el reglamento de procedimiento co-

mún, la presidencia considera la necesidad de

continuar el debate en relación con las cuestio-

nes relativas a los conceptos de países seguros y

en concreto a que el concepto de tercer país

seguro se adapte a las previsiones contenidas en

la Convención de Ginebra y el derecho de la

Unión Europea.

En cuanto a la propuesta de reglamento so-

bre el reasentamiento, sobre el que continuarán

las negociaciones en el primer semestre de 2018,

el texto acordado en el Parlamento Europeo tuvo

en cuenta la admisión humanitaria y se recoge el

carácter voluntario del reasentamiento.

En lo que se refiere a los acuerdos europeos

de reubicación y el reasentamiento adoptados

en 2015, cabe señalar, con respecto a la reubi-

cación, que a pesar de que los estados europeos

se comprometieron mediante dos decisiones del

Consejo a reubicar un total de 160.000 perso-

nas procedentes de Grecia y de Italia, estos

compromisos fueron finalmente incumplidos.

Solo 33.521 personas fueron finalmente reubi-

cadas. Además, el 7 de diciembre de 2017, la

Comisión Europea llevó a la República Checa,

Hungría y Polonia ante el Tribunal de Justicia de

la UE por incumplimiento de los acuerdos de

reubicación obligatorios.

En la actualidad los acuerdos de reubicación

han concluido y el gobierno griego ha confirma-

do de forma oficial la finalización del programa.

En el mes de septiembre de 2017 terminó el

plazo de dos años que se dieron los Estados de

la Unión Europea para acoger más de 180.000

personas a través de los programas de reubica-

ción y reasentamiento. La Unión Europea ape-

nas logró trasladar una de cada cuatro personas

de las que se comprometió a acoger, mientras

que España, con cerca de 2000 personas entre

reubicadas y reasentadas, apenas supera el

12 % de cumplimiento de estos acuerdos.

Las razones que explicaron este fracaso que-

daron patentes. Desde el inicio se limitó la