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EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA

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una inflexión de esta tendencia a partir de las

elecciones europeas de la pasada primavera.

Reforma de los tratados en la lógica

constitucional

Por todo lo dicho, creemos, no obstante, que

para la resolución de los problemas de la UE no

basta con aplicar las previsiones de los tratados

elaborando nuevas políticas en una lógica pro-

gresista y federal, sino que estos tienen unos lí-

mites que hay que corregir, para ello es impres-

cindible abordar su revisión.

Seis son, al menos, las razones de fondo que

limitan el funcionamiento democrático y pro-

gresivo de la Unión Europea, demandando su

reforma federal para:

– Mejorar la legitimidad democrática. Hay que

acercar las instituciones y los tratados a los

ciudadanos de forma que estos se apropien

de la construcción europea. Para ello, además

de reformarlos, habrá que simplificarlos y

darles forma de constitución. El Tratado de

Lisboa podría ser considerado una constitu-

ción sin nombre, ya que reúne algunos de

los elementos sustantivos de la misma, esto

es, una carta de derechos fundamentales,

una división de poderes o funciones, un ré-

gimen jurídico de la administración, etc. Sin

embargo, el mensaje no ha llegado a los ciu-

dadanos y estos no son conscientes de ello.

Con la redacción actual, es prácticamente

imposible que se comprenda. Por eso habrá

que cambiar la forma de los tratados, simpli-

ficándolos y dándoles una forma constitu-

cional.

– Desarrollar los derechos implícitos en la catego-

ría de ciudadanía europea y, especialmente,

blindar el modelo social y mejorar la democra-

cia participativa. Para eso se necesitarán nuevas

bases jurídicas que se incorporen al nuevo

Tratado Constitucional.

– Abordar la reforma de las instituciones comu-

nes, especialmente el Parlamento Europeo,

dotándole de mayores poderes legislativos, y

también el Consejo de Ministros, que debería

transformarse en una segunda cámara. Quizá

habrá que reformar también el Comité

Económico Social y el Comité de las Regiones.

– Integrar jurídicamente las reformas de la go-

bernanza económica de la Unión adoptada

en la legislatura anterior, así como comunita-

rizar el Tratado de Estabilidad, Coordinación

y Gobernanza en la Unión Económica y

Monetaria, cuya vigencia es solo de cinco

años, es decir, hasta 2017, y que está suscrito

solo por 26 estados en el marco del Derecho

internacional público y no en el del Dere-

cho primario de la Unión.

– Reformar algunos elementos de los tratados,

especialmente los referidos al vínculo entre

la diplomacia europea y la de los Estados

miembros y desarrollar la política común de

seguridad y defensa, con el fin de lograr que

la Unión Europea sea un actor de primer or-

den en la política mundial.

– Incorporar a los tratados la posibilidad de la

reforma de los mismos sin necesidad de la

unanimidad de los Estados miembros, con

objeto de posibilitar el gran paso político

que necesita la Unión.

Por otro lado, algunas demandas políticas de

primer orden, tales como el salario mínimo, la

renta básica o las prestaciones mínimas de jubi-

lación, exigen una reforma de las bases jurídicas

de los tratados.

Además, son muchos los aspectos técnicos

que exigen la reforma de los tratados, especial-

mente el incremento de bases jurídicas en ma-

terias tales como derechos sociales, gobernanza

económica, energía, cambio climático, política