Background Image
Table of Contents Table of Contents
Previous Page  124 / 150 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 124 / 150 Next Page
Page Background

EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA

124

ejercía por mitades de periodo (dos años y me-

dio) por cada una de las dos grandes formacio-

nes políticas, popular y socialista.

En la configuración del Parlamento Europeo

observamos que en los seis primeros grupos

parlamentarios no están ninguno de los parti-

dos antieuropeos que o bien han configurado

un grupo político muy débil y prácticamente in-

significante, o bien simplemente han terminado

en los No Inscritos. Es decir, apenas influyen en

el proceso europeo de toma de decisiones polí-

ticas y el Parlamento les sirve solo como altavoz

de su existencia.

Ello permite afirmar que es muy poco lo que

le falta al Parlamento Europeo para poder fun-

cionar con la lógica clásica de los legislativos

nacionales de los Estados miembros (gobierno-

oposición), aunque posiblemente contará con

más poder que estos. Carece, eso sí, del poder

de iniciativa legislativa, insuficiencia que duran-

te esta legislatura podría paliarse a través de los

acuerdos interinstitucionales. Además, también

habría que completar su poder presupuestario e

incluir algunos ámbitos materiales que no toda-

vía no están contemplados en la colegislación.

El Parlamento Europeo se está configurando

como el legislativo más importante en el nivel

mundial, con relevancia central no solo en la po-

lítica interna europea, sino en el desarrollo de la

política global, como voz que expresa la volun-

tad de la ciudadanía europea en el mundo y en

un sentido muy diferente al de los otras cámaras

de la sociedad internacional.

Además de profundizar mediante su compe-

tencia legislativa en los avances federales ya rea-

lizados, el Parlamento Europeo debería propo-

ner una alternativa completa para culminar el

sistema político europeo con un nuevo marco

constitucional, así como la estrategia para lo-

grarla durante la VIII Legislatura, como lo hizo

en la I, que dio lugar al Proyecto de Tratado de

1984, y al forzar y dirigir la II Convención

Europea (2002-2003), que elaboró la primera

Constitución de la Unión.

La Comisión Europea, cada vez más un

gobierno democrático europeo

Dado que el mandato de la actual Comisión

Europea proviene, por primera vez y en gran

medida, del resultado de las elecciones, su legi-

timidad democrática y su peso político interins-

titucional han aumentado. A partir de ahí, me-

diante la necesaria voluntad política, el Ejecutivo

comunitario puede cambiar el sentido de las

políticas europeas, alterando el carácter estricto

de la austeridad y desarrollando una política de

gasto público que fomente el crecimiento y el em-

pleo. Es la única manera de que los ciudadanos

europeos se sientan realmente implicados en la

construcción europea.

Si gracias a este aumento de legitimidad, en

efecto, la Comisión se asemeja cada vez más a

un gobierno democrático, aún arrastra un cierto

déficit. Así, ha habido que incorporar, por man-

dato de los tratados (interpretados en esa mo-

dalidad por los Estados miembros), comisarios

propuestos por los gobiernos nacionales. Con

ello, la balanza de la doble legitimidad de la

Unión (ciudadanos y Estados) sigue, en la prác-

tica, a la hora de establecer quién ejercerá el

poder ejecutivo durante cinco años, desequili-

brada a favor de los intereses de los Estados. En

compensación, la acción política de la Comisión

estará condicionada cada vez más por la mayo-

ría del Parlamento Europeo que la ha investido

y tendrá que ser consecuente con el Programa

respaldado democráticamente por la Cámara.

Si bien, en efecto, esta nueva Comisión es

más legítima que todas las precedentes, su efi-

cacia, sin embargo, depende de su estructura,