EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA
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desigualdad mediante políticas cada vez más
sometidas a una regulación internacional de ca-
rácter obligatorio.
Asimismo, se estudia la necesidad y la posi-
bilidad de dar el gran paso cualitativo que re-
presentaría poder reformar los tratados a través
de la Convención Europea, evitando la unani-
midad de los Estados miembros, posiblemente
a través de un referéndum europeo. Teniendo
en cuenta la decisión ya explicitada de no am-
pliar la Unión a más estados durante esta legis-
latura, es decir, hasta 2019, se entiende que
hay que aprovechar esta oportunidad antes de
que la adhesión de nuevos socios complique
aún más la posibilidad de acuerdos en el seno
de las instituciones.
Un nuevo avance en la senda federal: las
elecciones europeas de mayo de 2014
Las Elecciones al Parlamento europeo de 2014
han sido las primeras convocadas con el Tratado
de Lisboa en vigor, en concreto, de su artículo
17.7, que establece: “Teniendo en cuenta el
resultado de las elecciones al Parlamento
Europeo y tras mantener las consultas apropia-
das, el Consejo Europeo propondrá al
Parlamento Europeo, por mayoría cualificada,
un candidato al cargo de Presidente de la
Comisión. El Parlamento Europeo elegirá al
candidato por mayoría de los miembros que lo
componen”.
Estos comicios han conseguido algo que la
mayoría de observadores dudaba que fuera po-
sible y que muchos han defendido con firmeza,
a saber, que el Presidente de la Comisión y la
propia Comisión fueran elegidos como conse-
cuencia del resultado de las urnas. Por ello, hay
que subrayar la relevancia que a pesar de todo
está teniendo el empuje federal y la necesidad
de conseguir que estos avances redunden en
beneficio de la ciudadanía.
Este paso fundamental en la perspectiva fe-
deral hay que vincularlo con las grandes con-
quistas federales conseguidas a lo largo de los
últimos treinta y cinco años, tales como las elec-
ciones por sufragio universal al Parlamento
Europeo en 1979, la desaparición de las fronte-
ras a partir de 1992, la inserción de las nociones
de “ciudadanía europea” y de “cohesión eco-
nómica y social” en los tratados a partir de
1993, el nacimiento de la Unión Económica y
Monetaria y del euro como moneda única des-
de 1999 para once estados –que hoy, quince
años después, son diecinueve–, la comunitariza-
ción del espacio de libertad, seguridad y justicia,
el desarrollo de la política exterior y la creación
de la diplomacia común a partir de 2009 o el
reconocimiento del valor jurídico de la Carta de
Derechos Fundamentales.
Hay que resaltar que estos avances federalis-
tas no son concesiones tecnocráticas sino que
han nacido del impulso de los representantes de
la ciudadanía a través del Parlamento Europeo
desde que fue elegido por sufragio universal en
1979 y, especialmente, tras aprobar el Proyecto
de Tratado de la Unión Europea de 1984. De
hecho, la necesidad de una Unión Europea fe-
deral ha estado presente en todas las reformas
constitucionales posteriores.
En todo caso, es preciso constatar que la
Unión Europea de hoy es cualitativamente dis-
tinta a la Comunidad Europea de los años sesen-
ta y, si bien en aquella la característica innovado-
ra fundamental fue la asunción de una nueva
noción de soberanía (la soberanía compartida,
hasta entonces de concepción y práctica inédi-
tas), la UE de nuestros días se ha desarrollado a
partir de esa base asumiendo en gran medida lo
que se denomina “federalismo interguberna-
mental”. En otras palabras, el federalismo es ya