EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA
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o específico en desaceleraciones cíclicas, por
ejemplo, para mantener los niveles de inversión
pública en áreas clave. Una propuesta relevante
propugna un sistema de complementos parcia-
les para los sistemas nacionales de prestaciones
por desempleo en momentos de dificultad eco-
nómica (Régimen de Seguro de Desempleo de
la UEM) como forma de evitar una postura fiscal
procíclica en los Estados miembros afectados
durante un periodo de tiempo determinado.
Desde el otoño de 2015, en altos niveles po-
líticos se ha defendido un seguro de desempleo
europeo
7
como modalidad adecuada de capaci-
dad fiscal de la UEM, especialmente por parte
del gobierno italiano
8
.
Los Estados miembros participantes ten-
drían que respetar ciertos requisitos, puesto
que se transfieren recursos comunes a los pre-
supuestos nacionales. Sin embargo, tales con-
diciones deberían definirse de modo razonable
dentro del marco legislativo existente, en lugar
de crear aún más obligaciones potencialmente
contraproducentes. Para un mecanismo de este
tipo pueden considerarse distintas modalidades
de financiación –incluidos los ingresos proceden-
tes del impuesto sobre transacciones financie-
ras– que conduzcan a un sistema de recursos
propios, lo que redundaría en un mecanismo
muy efectivo, en términos financieros y políticos.
Los Estados miembros participantes deberían
asimismo garantizar el adecuado funcionamien-
to de su propia capacidad de estabilización au-
tomática.
Este instrumento debería centrarse en un
apoyo anticíclico a corto plazo y evitar las trans-
ferencias fiscales netas entre países durante
7
Cf.:
http://sep.luiss.it/sites/sep.luiss.it/files/PAdoannote_
unemployment_insurance_2015_5OCT.pdf
8
Cf.:
http://ec.europa.eu/taxation_customs/taxation/company_tax/anti_tax_avoidance/index_en.htm
todo el ciclo económico, por ejemplo, a través
de mecanismos de reembolso. Su uso debería
limitarse a circunstancias excepcionales, en las
que, a pesar de contar los países afectados con
posiciones presupuestarias originariamente sóli-
das, los estabilizadores automáticos no sean su-
ficientes para atajar una perturbación económi-
ca importante.
Una condición indispensable para desarrollar
esta capacidad consiste en mejorar la coordina-
ción de las políticas tributarias entre los Estados
miembros de la zona euro para eliminar la com-
petencia impositiva, que menoscaba las bases
fiscales nacionales y reduce la capacidad de re-
caudación general de la zona del euro y de la
UE. Los Estados miembros deberían acordar
una Base Imponible Consolidada Común del
Impuesto sobre Sociedades (BICCIS) y unos tipos
impositivos mínimos como base de una serie de
reglas y prácticas comunes en materia tributa-
ria. Además, las decisiones fiscales deberían
regularse de tal forma que, tras su aplicación,
el siguiente tipo impositivo neto no pudiese
bajar de un umbral determinado.
Este instrumento complementaría el papel
de la unión bancaria (que aún debe perfeccio-
narse por medio de un mecanismo de garantía
de depósitos), del Mecanismo Europeo de
Estabilidad y del BCE, al tiempo que restauraría
la credibilidad de la “cláusula de no rescate”.
Cuanto más efectiva resulte su capacidad en las
primeras fases de una perturbación económica,
más probable será que no se necesiten estas
fuentes adicionales de apoyo financiero, ya que
se impedirá desde un primer momento que se
deteriore la situación económica.
Las negociaciones con respecto a un impues-
to sobre las transacciones financieras continúan
y el número de Estados miembros que partici-
pan en el proceso de cooperación reforzada se
ha reducido a diez.