

EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA
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lo que va a hacer que la estrategia pasara bas-
tante desapercibida y en los medios de comuni-
cación no se visualizara la trascendencia de la
misma. En contra de lo que podría pensarse, la
salida del Reino Unido de la Unión Europea de
hecho no está impidiendo la aplicación de la po-
lítica de defensa europea.
Génesis y desarrollo de la política
de defensa europea
Como es sabido, la necesidad de abordar la
cuestión de la seguridad y la defensa en la cons-
trucción europea está presente desde su origen
en 1951, como consecuencia de la iniciativa,
recién firmado el Tratado de París creador de la
CECA, del Plan Pleven para la creación de la
Comunidad Europea de defensa, en aquel mo-
mento impulsada por la política de bloques y la
amenaza soviética. Este proyecto fracasará en
1954, debido a la no ratificación francesa del
correspondiente tratado, a causa en gran medi-
da de la muerte de Stalin y la nueva política de
coexistencia pacífica de Nikita Kruschev.
Hasta después de la caída del Muro de Berlín
en 1989 y la desaparición del sistema de blo-
ques no volverán a surgir iniciativas en materia
de seguridad y defensa. Será con el Tratado de
Unión Europea de Maastricht, de 1992, con en
el que se pasa de una Comunidad Europea de
naturaleza económica a una Unión Europea de
naturaleza política y a partir de entonces se de-
sarrollará, de forma progresiva, una política ex-
terior y de seguridad común (PESC) de carácter
intergubernamental.
A partir de 1999, con la entrada en vigor del
Tratado de Ámsterdam, nacerá la figura del alto
representante para la PESC (siendo Javier Solana
el primero de ellos durante diez años), embrión
del actual alto representante para Asuntos
Exteriores y Política de Seguridad. En ese mo-
mento se pondrá en marcha la política europea
de seguridad y defensa (PESD), utilizando la
Unión Europea por vez primera fuerzas armadas
para operaciones de gestión de crisis en el exte-
rior. A partir de entonces, y hasta nuestros días,
se desarrollarán treinta y cuatro operaciones de
gestión de crisis cívico-militares, de las cuales
casi la mitad siguen en funcionamiento.
Sin embargo, el fundamento de la PCSD ac-
tual será consecuencia del debate que surge en
la Convención Europea de 2002-2003, en la
que se plantea la necesidad de profundizar y
reformar los aspectos centrales del papel de
Europa en el mundo, así como de la PESD, con-
figurando la PCSD a través de tres grandes inno-
vaciones: la alianza defensiva, la cooperación
estructurada permanente y la Agencia Europea
de Defensa. La PCSD será recogida por vez pri-
mera en el tratado constitucional que surge de
la Convención.
Como es sabido, el tratado constitucional no
entró en vigor, como consecuencia de los resulta-
dos negativos de los referéndums en Francia y
Países Bajos de mayo de 2005. Sin embargo, los
elementos sustantivos del mismo, y concretamen-
te los relativos al papel de Europa en el mundo y
la PCSD, serán rescatados a través del Tratado de
Lisboa, firmado en diciembre de 2007.
La política de defensa de la Unión Europea
en el Tratado de Lisboa
Con el objetivo de conseguir una defensa co-
mún, el Tratado de Lisboa dará un paso funda-
mental al abordar por primera vez la cuestión de
la previsión de instrumentos de una defensa
propia para la Unión, superando el carácter ex-
clusivo de la gestión de crisis. Para ello, mejora-
rá los instrumentos existentes de la PESD,