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UN NUEVO COMPROMISO RELEVANTE Y EXIGENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS EN MATERIA DE SEGURIDAD...

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y asistencia con todos los medios a su alcance,

de conformidad con el artículo 51 de la Carta de

Naciones Unidas […]”. Este artículo es muy si-

milar al artículo 5 del Tratado de Washington,

constitutivo de la Alianza Atlántica.

Como es sabido, la Unión Europea ha desa-

rrollado más de 35 operaciones de gestión de

crisis, tanto civiles como militares, desde princi-

pios de siglo XXI como consecuencia del desa-

rrollo de la Política Europea de Seguridad y

Defensa. No obstante, estas operaciones no te-

nían como objetivo la defensa territorial. La no-

vedad del precepto señalado anteriormente es-

triba en la obligación de defender la integridad

territorial del conjunto de los Estados miembros.

Por ello, el tratado crea la figura de la PESCO,

que trata de aportar los elementos necesarios

de carácter reflexivo en el ámbito de las capaci-

dades y de los despliegues para conseguir una

defensa efectiva frente a las agresiones de ter-

ceros. Con las decisiones tomadas en diciembre

de 2017 se logra iniciar el proceso que pueda

hacer viable este objetivo.

La Estrategia Europea de Seguridad, presen-

tada el 28 de junio de 2016, transforma este

precepto jurídico en un compromiso político, al

obligar a la Unión Europea a defender a los ciu-

dadanos y a sus territorios. Para ello, establecerá

el principio de Autonomía Estratégica, que quie-

re decir que en un plazo de cinco a diez años la

Unión Europea deberá tener las capacidades

necesarias para hacer frente de forma autóno-

ma a las posibles agresiones.

¿Por qué se pone en marcha la

Cooperación Estructurada Permanente?

¿Por qué es necesario hoy el fortalecimiento de

la Política de Defensa Autónoma y, por tanto, de

la Cooperación Estructurada Permanente

(PESCO)? A mi juicio son al menos tres las razo-

nes que contestan al fondo de esta pregunta y

existe una serie de razones de actualidad que

explican el por qué es necesaria la PESCO hoy.

Entre las primeras, cabe citar las siguientes:

– El agravamiento progresivo de los riesgos y

amenazas en nuestra vecindad próxima, que

además siguen aumentando de forma consi-

derable, especialmente desde 2014. Estos

riesgos y amenazas lo son tanto para la

Unión Europea en su conjunto como para su

modelo político y de sociedad, fundamenta-

do en valores, y no para uno o varios de los

Estados miembros individualmente. La res-

puesta, por tanto, tiene que ser colectiva.

– Un actor político global debe responsabili-

zarse de su propia defensa y no puede su-

brogarla a otros, como ocurre actualmente

con la OTAN. Si quiere ser un actor autóno-

mo en la política mundial, la Unión Europea

debe asumir su propia responsabilidad en la

defensa de sus ciudadanos y sus territorios,

más aún con la situación de incertidumbre

existente como consecuencia de las actua-

ciones exteriores de la nueva administración

de Estados Unidos con el presidente Trump.

– En los últimos años, especialmente desde

noviembre de 2015, fecha en la que se acti-

va la cláusula de Alianza Defensiva, señalada

anteriormente, como consecuencia de los

actos terroristas en Francia, se está produ-

ciendo una vinculación estructural entre la

seguridad interior y la seguridad exterior,

siendo necesaria la política de defensa inclu-

so para cuestiones de terrorismo. Ambas di-

mensiones se convierten en este caso en dos

caras de la misma moneda. Cada vez están

más profundamente imbricadas entre sí.

Entre las razones que explican los cambios

en el 2017 y 2018 para que se produzca la

puesta en marcha de la política de defensa y