LAS NEGOCIACIONES DEL
BREXIT
EN LA PRIMAVERA DE 2018: AVANCES Y PERSPECTIVAS FUTURAS
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de relación con el Reino Unido, sino todo un
conjunto de consecuencias que poco a poco co-
mienzan a tomarse en consideración, como, por
ejemplo, el menor presupuesto, el impacto en
las distintas políticas, clave por ejemplo en el
ámbito de la PESC, la probabilidad de que se
tengan que renegociar muchos de sus acuerdos
comerciales, etc.
Sea como sea la retirada, un resultado de
costes o perjuicios para las dos partes es inevita-
ble y esto es lo que explica una de las caracterís-
ticas de esta negociación y que la diferencia y
opone a todas las demás. El objetivo de esta
negociación es gestionar la separación o la des-
integración, que sí o sí, va a producir pérdidas
para todos y ganancias para nadie. Por tanto, el
objetivo compartido para ambas partes no es
otro que minimizar esas pérdidas, lo que el ne-
gociador europeo suele denominar como una
“política de contención del daño”
5
. Esta carac-
terística, por sí misma, dificulta enormemente la
posibilidad de éxito de la negociación, ya que es
más fácil que un negociador haga una conce-
sión dolorosa en la perspectiva de un beneficio
futuro, pero esas concesiones son más arduas si
esa perspectiva no existe. Lo único que puede
movilizar el espíritu cooperativo de ambas par-
tes es la “visión del abismo”, es decir, la toma
de conciencia de que el fracaso de las negocia-
ciones y la salida sin acuerdo se saldará con
enormes pérdidas económicas y políticas a am-
bas orillas del Canal.
5
La idea de que el objetivo de los europeos en la nego-
ciación es el “control de daños” es algo que suelen repetir
en todas sus intervenciones tanto el presidente del Consejo
Europeo, Tusk, como el negociador Barnier. Véase a título
de ejemplo: Tusk, D.:
Remarks following the UK notifica�
tion,
Brussels, 29 de marzo de 2017 (Press Release 160/17).
Las negociaciones para la retirada del
Reino Unido de la UE: balance de la primera
etapa (julio-diciembre de 2017)
El proceso de retirada del Reino Unido de la UE
comenzó formalmente el 29 de marzo de 2017,
cuando la primera ministra británica, Theresa
May, presentó su solicitud en forma de carta al
Consejo Europeo, conforme al artículo 50 del
TUE
6
. Se ponía en marcha el reloj del
brexit,
dando comienzo el plazo de dos años para ne-
gociar y conseguir la vigencia del “acuerdo de
retirada”, que según el tratado, debe tener en
cuenta “el marco de sus relaciones futuras”.
Así, el
brexit
se producirá el 30 de marzo de
2019, si el Consejo Europeo no decidiera por
unanimidad prorrogar las negociaciones con el
beneplácito del Gobierno británico
7
.
6
May, T.:
Letter to Donald Tusk triggering Article 50,
Lon-
dres, 29 de marzo de 2017.
7
Aplicando el artículo 50 del tratado, las directrices del
Consejo disponen que el acuerdo debe fijar como fecha de
retirada a más tardar el 30 de marzo de 2019, a las 00:00
(hora de Bruselas). La recomendación de la Comisión es-
pecifica, además, que si no se lograra la entrada en vigor
del acuerdo para esa fecha los tratados de la UE dejarían
de aplicarse igualmente al Reino Unido, esto es, la retirada
devendría efectiva. Véase respectivamente: Consejo de la
Unión Europea,
Anexo de la Decisión (UE, Euratom) 2017/...
del Consejo por la que se autoriza la apertura de negocia�
ciones con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte relativas a un acuerdo en el que se establecen las
modalidades de su retirada de la Unión Europea - Direc�
trices de negociación de un acuerdo con el Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el que se establecen las
modalidades de su retirada de la Unión Europea
, Bruselas,
22 de mayo de 2017 (XT 21016/17 ADD 1 REV 2), pto.
8; European Commission,
Recommendation for a Council
Decision authorising the Commission to open negotiations
on an agreement with the United Kingdom of Great Britain
and Northern Ireland setting out the arrangements for its
withdrawal from the European Union,
Bruselas, 3 de mayo
de 2017 (COM(2017) 218 final), p. 2.