LAS NEGOCIACIONES DEL
BREXIT
EN LA PRIMAVERA DE 2018: AVANCES Y PERSPECTIVAS FUTURAS
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de relación futura no era completamente satis-
factorio para los británicos
10
.
4. La negociación “en paquete”, regla típica de
las negociaciones constitucionales y las gran-
des negociaciones políticas de la UE, que esta-
blece que “nada está decidido hasta que todo
esté decidido”. Así los consensos parciales en
la negociación serán provisionales y quedarán
condicionados al consenso general final.
Los demás principios de las orientaciones ge-
nerales fijan la posición común europea sobre el
contenido de la negociación. La intención polí-
tica no es otra que proteger el modelo de la in-
tegración europea, estableciendo una serie de
líneas rojas que evitan que las concesiones al
Reino Unido puedan erosionar la integración al-
canzada. Son los siguientes:
1. Equilibrio entre derechos y obligaciones y ga-
rantizar la igualdad de condiciones en las
concesiones entre ambas partes, esto es, la
preservación del principio de la reciprocidad.
2. La unidad de las cuatro libertades del
Mercado Interior, consecuencia de que una
de las líneas rojas del Gobierno británico tras
el referéndum es poner fin a la libre circula-
ción de personas, pero los
brexiteers
defen-
dían la posibilidad de que el Reino Unido si-
guiera beneficiándose de las otras tres
libertades: mercancías, servicios y capitales.
Los europeos pretender proteger la integri-
dad del Mercado Interior condicionando los
beneficios económicos al cumplimiento de la
integridad de sus normas y la aceptación de
los aspectos menos deseables, como la libre
circulación de personas.
10
Así en las primeras etapas de la negociación, la prime-
ra ministra May reiteró en diversas ocasiones que “no-
deal is better than a bad deal”
.
May, T.:
Speech on the
Government’s Negotiating Objectives for Exiting the EU,
Lancaster House, Londres, 17 de enero de 2017.
3. Tiene que haber diferencias entre el estatuto
de miembro y el de no miembro. Al igual de
los dos casos anteriores, se quiere desbaratar
desde el principio la idea defendida por algu-
nos partidarios del
brexit,
de que era posible
a la vez comerse el pastel y preservarlo, y que
no se puede salir formalmente de la UE man-
teniendo las ventajas del miembro. Permitir
algo así sería el fin de la integración europea,
no solo porque el resto de Estados querrían
también seguir al Reino Unido, sino porque
terceros Estados pedirían la renegociación de
sus estatutos.
4. La preservación de la autonomía de la UE en
cuanto a la toma de decisiones, especial-
mente en lo que se refiere al Tribunal de
Justicia. La finalidad de este principio busca
mantener la unidad e integridad del Derecho
de la Unión, evitando concesiones que pu-
dieran dar a un tercer Estado la posibilidad
de romper esa cohesión. Especialmente se
intenta proteger al proceso de decisión insti-
tucional de la intromisión de un no miembro
y preservar el monopolio en la interpretación
y aplicación del Derecho de la Unión por par-
te del Tribunal de Justicia.
Estos principios generales fueron desarrolla-
dos por las directrices de negociación del Consejo
de 22 de mayo de 2017, que ya los concretó en
un mandato específico destinado al negocia-
dor
11
. En ellos se definían ya con todo detalle los
asuntos que constituían la agenda negociadora y
que debían figurar en el tratado de retirada.
Las instituciones europeas ya estaban prepa-
radas para dar comienzo efectivo a las negocia-
ciones. No obstante, estas resultarían retrasadas
11
Consejo de la Unión Europea:
Anexo de la Decisión (UE,
Euratom) 2017/... del Consejo por la que se autoriza la
apertura de negociaciones con el Reino Unido…, op. cit.