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LA LUCHA CONTRA LA EVASIÓN Y LA ELUSIÓN FISCAL. HACIA UNA ARMONIZACIÓN DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES EN LA UE

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para salir de este círculo vicioso. Los cinco gran-

des Estados de la UE, a la vez que optaban por

uno de los modelos de implementación previs-

tos en la FATCA, decidieron intercambiar entre

sí el mismo tipo de información que iban a com-

partir con EE. UU. Esta estrategia del G5 tuvo un

efecto arrastre para otros países (no solo dentro

de la UE) y, sobre todo, disparó un proceso que

acabó desembocando en la anhelada revisión

de la EUSTD en el Consejo europeo de marzo de

2014. Además, el año 2014 ha culminado con

la ratificación por los líderes del G20 en noviem-

bre de 2014 del nuevo estándar global automá-

tico elaborado por la OCDE. Estándar que, por

cierto, contiene elementos tanto de la FATCA

como de las directivas de la UE. También se ha

encomendado al Foro Fiscal Global de la OCDE,

mediante el proceso descrito de revisión entre

pares, monitorear la aplicación del nuevo están-

dar automático.

El estándar OCDE prevé que una amplia gama

de información sea reportada de las instituciones

financieras a las Administraciones fiscales donde

estas tienen su sede. Posteriormente, se prevé

que dicha información sea transmitida, de for-

ma periódica y automática, al Estado de resi-

dencia del titular de la cuenta. En la última reu-

nión del Foro Global Mundial de la OCDE de

Berlín (30 de octubre de 2014), cincuenta y dos

jurisdicciones firmaron un acuerdo multilateral

de IAI basado en el nuevo estándar OCDE, to-

mando como fundamento la Convención sobre

Cooperación Administrativa en Materia Fiscal

22

.

Es destacable el hecho de que EE. UU. aún no

haya suscrito dicho acuerdo.

Esta sinergia entre la UE y el G20 se ha cerra-

do recientemente con la revisión en el ECOFIN

de diciembre de 2014 de la otra norma comuni-

taria clave en la materia, la Directiva 2011/16/

UE de Cooperación Administrativa en Asuntos

Fiscales. Esta norma complementa la EUSTD y

extiende el IAI a otros tipos de ingresos distintos

de los rendimientos del ahorro. Con ella la UE

alcanza, y en algunos puntos sobrepasa, el nivel

de transparencia del estándar OCDE y extiende

el IAI a dividendos, ganancias de capital y otros

tipos de ingresos.

22

 Convención firmada por la OCDE y el Consejo de Europa,

aunque abierta a los países en desarrollo y a los centros

offshore

de todo el mundo.