ACTUALIZACIÓN DE LA POLÍTICA CLIMÁTICA Y ENERGÉTICA DE LA UE. EL NUEVO MARCO 2030 Y SUS IMPLICACIONES
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precio de una tonelada de CO
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lleva tiempo en-
contrándose por debajo de los 10
€
. Por lo tanto,
existe un buen trecho hasta el rango de 30-40
€
previsto inicialmente por la Comisión Europea.
Se espera que el exceso de derechos se manten-
ga hasta el final del periodo de comercio actual
en 2020.
Energía renovable: tendencias divergentes
Además de la legislación sobre política climáti-
ca, el paquete de medidas sobre clima y energía
de 2009 también incluía una directiva sobre la
promoción del uso de la energía procedente de
fuentes renovables, que convirtió en legislación
el objetivo de un 20 % de renovables en el con-
sumo de energía final (Comunidad Europea,
2009b). Aunque la UE asumiera la dirección del
área sobre política climática, la implementación
de las medidas para los mecanismos de apoyo a
las energías renovables recayó sobre los Estados
miembros. La Directiva sobre Energías
Renovables establece objetivos nacionales que
se deberán alcanzar en 2020, pero no decide
sobre los mecanismos para conseguirlos. Los
objetivos individuales de los Estados miembros
se establecieron de acuerdo con el nivel de de-
sarrollo de su sector de energías renovables en
2005 y con su rendimiento económico en dicho
momento. Así, los objetivos oscilan entre un
10 % para Malta hasta un 49 % para Suecia.
Los objetivos individuales de los Estados miem-
bros se establecieron como un porcentaje de su
consumo energético final. Los Estados miem-
bros pueden elegir el porcentaje exacto de fuen-
tes de energía renovable que intentarán alcan-
zar en lo que se refiere a electricidad, calefacción/
aire acondicionado y transporte, siempre y
cuando se cumpla el objetivo general. El sector
del transporte es el único sector al que se le ha
asignado un objetivo mínimo específico del
10 % para 2020 que deben alcanzar todos los
Estados miembros.
Los Estados miembros deben proporcionar a
la Comisión informes anuales sobre el estado de
desarrollo y cualquier medida política que se
haya llevado a cabo o se esté llevando a cabo en
el sector de las energías renovables. La primera
ronda de planes de acción nacionales para el
año 2011 dibujó un panorama muy positivo.
Con excepción de un número reducido de
Estados miembros, se consideró que los objeti-
vos tenían muchas posibilidades de alcanzarse
(Comisión Europea, 2011a y 2012b). No obs-
tante, desde el verano de 2012 ha habido indi-
cios de que ya no se pueden mantener estos
pronósticos positivos (cf. Fischer y Westphal,
2012). El último informe de evolución de marzo
de 2013 confirmó un panorama más incierto
(cf. Comisión Europea 2013b). Esto se debe,
principalmente, a dos acontecimientos:
– En el sector del transporte, que representa
aproximadamente un tercio del consumo
energético de la UE, se esperaba que los bio-
combustibles ayudasen en gran medida a
alcanzar el objetivo de las energías renova-
bles. El subobjetivo de derivar el 10 % de la
energía utilizada en el sector del transporte
tenía como fin crear un mercado europeo
para los biocombustibles, promoviendo el
desarrollo de nuevas tecnologías, como los
coches eléctricos o biocombustibles de se-
gunda generación que no suponen ninguna
amenaza para la producción alimentaria.
Incluso antes de que se aprobase la directiva
en 2009, se alzaron críticas en contra de las
medidas políticas a favor de los biocombus-
tibles, cuestionando la sostenibilidad de los
mismos. Asimismo, el conflicto, a veces exa-
gerado, de “alimentación frente a combusti-
ble” (entendido como la competencia entre