EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA
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En definitiva, el sistema financiero no deja de
ser un servicio económico de interés general,
comparable a sectores como la electricidad o el
agua, y por tanto tiene que ser regulado como
tal. Esto supone un grado elevado no solo de
regulación y supervisión, sino también de inter-
vención, mediante la presencia de los bancos
públicos de desarrollo, incluyendo al BEI, y even-
tualmente al FEIE, si finalmente se le otorga de
personalidad jurídica, dotándolo por tanto de
capacidad de emitir deuda y de reinvertir los be-
neficios, convirtiéndose así en el instrumento
permanente de política anti-cíclica de la UE. En
este sentido, el reglamento del FEIE, en fase de
discusión, tendría que incluir contribuciones na-
cionales obligatorias, lo que no prohíbe el
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Asimismo, esta intervención puede materia-
lizarse bien en el establecimiento de objetivos
de préstamo a la economía real para las entida-
des financieras privadas, bien en la participación
pública en el accionariado de las mismas a fin de
garantizar la utilidad económica y social de la
cartera de créditos.
Por último, la UE debe emitir deuda pública
denominada en euros para aumentar la estabili-
dad y la liquidez de la eurozona. Esto requiere
derogar el artículo 17.2 del Reglamento 976/2012.
Conclusiones y recomendaciones
La Unión Europea tiene que dotarse de un siste-
ma financiero integrado, es decir, hay que aca-
bar con la fragmentación financiera, que se ex-
plicita sobre todo en distintos tipos de interés en
el crédito minorista según el Estado miembro, o
en situaciones tan peregrinas como exigir un
domicilio en el país para abrir una cuenta ban-
caria, las diferentes comisiones en función de si
la transacción es doméstica o transfronteriza, o
incluso la cancelación del servicio de tarjetas de
pago por traslado del usuario otro Estado miem-
bro. Sobre este particular, España debe traspo-
ner rápidamente la Directiva 2014/92/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de
julio de 2014, sobre la comparabilidad de las
comisiones conexas a las cuentas de pago, el
traslado de cuentas de pago, y el acceso a cuen-
tas de pago básicas.
Al mismo tiempo, el sistema financiero euro-
peo tiene que ser estable y útil al crecimiento de
la renta per cápita y del empleo. Esto requiere
una regulación estricta de los bancos para redu-
cir la especulación y minimizar el riesgo sistémi-
co, la cual está en marcha. Con todo, quedan
flecos importantes como la separación de la ac-
tividad de negociación de la de préstamo a con-
sumidores y empresas. La propuesta de regla-
mento sobre la reforma estructural de los
bancos, en fase de tramitación parlamentaria,
es quizás la más importante legislación en ma-
teria financiera de la legislatura. En este sentido,
es importante que dicha separación se produzca
de manera objetiva a partir de determinado um-
bral, medido mediante la ratio de préstamos a
la economía real sobre el total de la cartera.
La estabilidad del sistema financiero se ca-
racteriza por reducir el número de entidades
demasiado grandes o demasiado interconecta-
das para quebrar. Esto requiere por un lado una
legislación que permita la eventual liquidación
ordenada con protección de los depositantes,
pero también una robusta política de la compe-
tencia que reduzca el carácter oligopólico del
sector bancario.