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EL ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA

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si se incluyen otros activos como los yates, los

inmuebles y las obras de arte. La cantidad equi-

vale al PIB de EE. UU. y Japón juntos. Por otro

lado, el Instituto de Estudios Fiscales y el Institu-

to de Economía de Barcelona (IEB Report 3/204.)

cifran el fraude fiscal en España, para el periodo

2012-2013, en nada menos que el 20 % de la

recaudación total obtenida.

Los últimos escándalos fiscales que han invo-

lucrado a ciertas grandes empresas, políticos y

otras celebridades han creado una importante

alarma social en la opinión pública y un debate

político intenso. La

Security Exchange Commis-

sion

de los EE. UU. denunció que gigantes tec-

nológicos como Apple o Google pagaron en

2011 un tipo efectivo del 2,5 % y el 3 % respec-

tivamente, por los beneficios obtenidos fuera de

EE. UU. El Senado de los EE. UU. incluso celebró

unas audiencias públicas con directivos de

Apple, la empresa más rica del mundo, para que

explicasen las razones de su escasa tributación

en el extranjero. Asimismo, la propia Organiza-

ción para la Cooperación y el Desarrollo Econó-

micos (OCDE) señaló en su primer informe

BEPS

, de febrero de 2013, que las grandes em-

presas están pagando un tipo efectivo de im-

puesto de sociedades que puede llegar a ser tan

bajo como el 5 %. En nuestro país, la Agencia

Tributaria, en su último Informe Anual de Re-

caudación, ha señalado que durante el 2013 los

tipos efectivos

3

de los grupos consolidados en

España no superaron, de media, un 5,3 %.

Pero sin duda alguna ha sido el estallido del

escándalo Luxleaks en noviembre de 2014 el que

ha producido un verdadero terremoto en el

3

 Se entiende aquí por tipo efectivo el porcentaje del im-

puesto de sociedades a pagar resultante de dividir la cuota

líquida y el resultado contable (beneficio antes de aplicar los

ajustes fiscales como las exenciones y otras bonificaciones

fiscales).

seno de la UE. Según una información filtrada

por el Consorcio Internacional de Periodistas de

Investigación, 340 empresas firmaron con

Luxemburgo acuerdos secretos y preferenciales

que les permitieron alcanzar una contribución

fiscal media del 2 % (y en algunos casos del 1 %).

Hay que tener en cuenta que la media del tipo

legal del impuesto de sociedades en el seno de

la UE es del 22 %. En España el tipo de grava-

men ha pasado del 30 % al 28 %, y el año

próximo descenderá al 25 %.

A raíz de estas revelaciones, se han iniciado

en el Parlamento Europeo dos informes sobre

elusión fiscal corporativa. Se pretende estudiar

en ellos el espinoso tema de la concesión por

algunos Estados de regímenes fiscales preferen-

ciales a ciertas transnacionales. A este respecto,

es preciso señalar que la Comisión ha iniciado

en los últimos meses unas investigaciones sobre

ciertos regímenes fiscales de Luxemburgo, Ho-

landa e Irlanda, bajo la óptica de la normativa

comunitaria de ayudas de Estado.

Iniciativas comunitarias y globales para

luchar contra la planificación fiscal

agresiva de las multinacionales

Antes de nada, es preciso recordar que, según

los Tratados, la fiscalidad sigue siendo una com-

petencia principalmente nacional

4

. La Unión Eu-

ropea aún tiene formalmente un papel subsidia-

rio en este terreno y adopta sus decisiones por

unanimidad, lo cual dificulta enormemente el

avance en los temas más sensibles.

4

 El artículo 4 del Tratado de la Unión Europea establece

que “toda competencia no atribuida a la Unión en los Tra-

tados corresponde a los Estados miembros” (principio de

competencias de atribución).