

LA POLÍTICA ECONÓMICA DE LA UE EN 2016. UNA UEM INCOMPLETA: HACIA LA UNIÓN FISCAL
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o profesional para no proporcionar la informa-
ción fiscal. En teoría, esto debería permitir a los
países detectar aquellos acuerdos de sus vecinos
potencialmente perniciosos para sus propias ba-
ses imponibles.
Lo cierto, sin embargo, es que el estallido del
escándalo LuxLeaks (noviembre de 2015) no ha
disuadido hasta ahora la firma de nuevos
tax
rulings
, sino más bien al contrario. Los datos ofi-
ciales de la Comisión muestran que el número
de estos aumentaron en 1444 a finales de 2015,
lo que supone un incremento del 49 % respecto
a 2014. Es de esperar que, con la entrada en
vigor en enero de 2017 de la modificación rese-
ñada de la DAC, se invierta la tendencia.
Transparencia en los informes corporativos
de las multinacionales: el country-by-country
reporting
La DAC sufrió una última revisión a principios de
2016 con el fin de alcanzar el intercambio auto-
mático de la información financiera de las gran-
des empresas, desglosada país por país (CBCR).
Esta revisión responde a la necesidad de una
implementación coordinada por los Estados
miembros de las exigencias del Plan BEPS en la
materia (Acción 13), pero sigue adoleciendo,
como este, del carácter restringido del acceso a
la información derivada del CBCR. Tras las filtra-
ciones de los papeles de Panamá, la Comisión
presentó una propuesta de revisión la Directiva
de Contabilidad para que la información clave
de los
tax rulings
, desglosada país por país, ten-
ga un carácter público. Esta propuesta, que se
encuentra aún pendiente de aprobación en el
Consejo, permitiría a la sociedad civil y a los in-
versores escrutar mejor el comportamiento fis-
cal de las grandes empresas.
Una lista europea de paraísos fiscales
Una de las propuestas que más fuerza está ad-
quiriendo en la agenda comunitaria en los últi-
mos meses es la de confeccionar una lista negra
europea que incluya a los paraísos fiscales más
perjudiciales para la UE. Una lista consensuada
por los EE. MM. tendría mucho más peso que
las actuales listas nacionales por separado a la
hora de presionar a los territorios que no cum-
plan con los estándares de buena gobernanza
fiscal comunitaria. También impediría que los
planificadores fiscales aprovechasen los desajus-
tes entre las listas nacionales, con criterios diver-
gentes en ocasiones.
En este sentido, la Comisión Europea anun-
ció, en el paquete antibuso de enero de 2016,
su intención de confeccionar una lista comuni-
taria de países terceros “no cooperativos”. El
paso siguiente fue la aprobación, en el Ecofin de
8 de noviembre de 2016, de una serie de crite-
rios a tener en cuenta para definir un territorio
como paraíso fiscal. El primero de ellos se refie-
re a la correcta aplicación por las jurisdicciones
y efectiva implementación en sus legislaciones,
del estándar global de intercambio automático
de información de la OCDE (CRS) antes de fina-
les de 2016
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.
Otro de los criterios fijados en el Ecofin de
noviembre se refiere a la proliferación en ciertas
jurisdicciones de regímenes especiales nocivos
que supongan reducciones sustanciales de la
tributación efectiva para las empresas y favorez-
can que estas creen estructuras
offshore
para
canalizar los beneficios generados en otros paí-
ses (ausencia de sustancia económica).
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El CRS fue aprobado por la OCDE en junio del 2014 y ra-
tificado por el G20 en septiembre de ese mismo año.