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LA POLÍTICA ECONÓMICA DE LA UE EN 2016. UNA UEM INCOMPLETA: HACIA LA UNIÓN FISCAL

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o profesional para no proporcionar la informa-

ción fiscal. En teoría, esto debería permitir a los

países detectar aquellos acuerdos de sus vecinos

potencialmente perniciosos para sus propias ba-

ses imponibles.

Lo cierto, sin embargo, es que el estallido del

escándalo LuxLeaks (noviembre de 2015) no ha

disuadido hasta ahora la firma de nuevos

tax

rulings

, sino más bien al contrario. Los datos ofi-

ciales de la Comisión muestran que el número

de estos aumentaron en 1444 a finales de 2015,

lo que supone un incremento del 49 % respecto

a 2014. Es de esperar que, con la entrada en

vigor en enero de 2017 de la modificación rese-

ñada de la DAC, se invierta la tendencia.

Transparencia en los informes corporativos

de las multinacionales: el country-by-country

reporting

La DAC sufrió una última revisión a principios de

2016 con el fin de alcanzar el intercambio auto-

mático de la información financiera de las gran-

des empresas, desglosada país por país (CBCR).

Esta revisión responde a la necesidad de una

implementación coordinada por los Estados

miembros de las exigencias del Plan BEPS en la

materia (Acción 13), pero sigue adoleciendo,

como este, del carácter restringido del acceso a

la información derivada del CBCR. Tras las filtra-

ciones de los papeles de Panamá, la Comisión

presentó una propuesta de revisión la Directiva

de Contabilidad para que la información clave

de los

tax rulings

, desglosada país por país, ten-

ga un carácter público. Esta propuesta, que se

encuentra aún pendiente de aprobación en el

Consejo, permitiría a la sociedad civil y a los in-

versores escrutar mejor el comportamiento fis-

cal de las grandes empresas.

Una lista europea de paraísos fiscales

Una de las propuestas que más fuerza está ad-

quiriendo en la agenda comunitaria en los últi-

mos meses es la de confeccionar una lista negra

europea que incluya a los paraísos fiscales más

perjudiciales para la UE. Una lista consensuada

por los EE. MM. tendría mucho más peso que

las actuales listas nacionales por separado a la

hora de presionar a los territorios que no cum-

plan con los estándares de buena gobernanza

fiscal comunitaria. También impediría que los

planificadores fiscales aprovechasen los desajus-

tes entre las listas nacionales, con criterios diver-

gentes en ocasiones.

En este sentido, la Comisión Europea anun-

ció, en el paquete antibuso de enero de 2016,

su intención de confeccionar una lista comuni-

taria de países terceros “no cooperativos”. El

paso siguiente fue la aprobación, en el Ecofin de

8 de noviembre de 2016, de una serie de crite-

rios a tener en cuenta para definir un territorio

como paraíso fiscal. El primero de ellos se refie-

re a la correcta aplicación por las jurisdicciones

y efectiva implementación en sus legislaciones,

del estándar global de intercambio automático

de información de la OCDE (CRS) antes de fina-

les de 2016

7

.

Otro de los criterios fijados en el Ecofin de

noviembre se refiere a la proliferación en ciertas

jurisdicciones de regímenes especiales nocivos

que supongan reducciones sustanciales de la

tributación efectiva para las empresas y favorez-

can que estas creen estructuras

offshore

para

canalizar los beneficios generados en otros paí-

ses (ausencia de sustancia económica).

7

 El CRS fue aprobado por la OCDE en junio del 2014 y ra-

tificado por el G20 en septiembre de ese mismo año.